A/RES/58/17 General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura 3, Recordando además la Convención sobre los Bienes Culturales Robados o Exportados Ilícitamente, aprobada en Roma el 24 de junio de 1995 por el Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado 4, Tomando nota de que la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura aprobó la Convención sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático el 2 de noviembre de 2001 5, Recordando la Declaración de Medellín sobre la diversidad cultural y la tolerancia y el Plan de Acción sobre cooperación cultural, aprobados en la primera reunión de Ministros de Cultura del Movimiento de los Países No Alineados, celebrada en Medellín (Colombia) los días 4 y 5 de septiembre de 1997 6, Señalando que la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura aprobó la Declaración Universal sobre Diversidad Cultural y el Plan de Acción para su aplicación el 2 de noviembre de 20015, Acogiendo con satisfacción el informe del Secretario General presentado en colaboración con el Director General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura 7, Consciente de la importancia que asignan algunos países de origen a la devolución de los bienes culturales que tengan para ellos un valor espiritual y cultural fundamental, a fin de crear colecciones representativas de su patrimonio cultural, Expresando su preocupación por el tráfico ilícito de bienes culturales y los daños que causa al patrimonio cultural de las naciones, Expresando también su preocupación por la pérdida, la destrucción, la remoción, el robo, el pillaje, el traslado ilícito o la apropiación indebida de bienes culturales y cualquier acto de vandalismo en su contra, en particular en zonas de conflicto armado, incluidos los territorios ocupados, ya se trate de conflictos internacionales o internos, Recordando la resolución 1483 (2003) del Consejo de Seguridad, aprobada el 22 de mayo de 2003, en particular su párrafo 7, relativo a la restitución de los bienes culturales del Iraq, Encomia a la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la 1. Ciencia y la Cultura y al Comité Intergubernamental para promover la devolución de los bienes culturales a sus países de origen o su restitución en caso de apropiación ilícita por la labor que han realizado, en particular en lo que respecta a la promoción de negociaciones bilaterales, con miras a la devolución o la restitución de bienes culturales, el levantamiento de inventarios de bienes culturales muebles y la _______________ 3 Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 1037, No. 15511. Véase www.unidroit.org. 5 Véase Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, Actas de la Conferencia General, 31a reunión, París, 15 de octubre a 3 de noviembre de 2001, vol. 1: Resoluciones. 6 A/52/432, anexo I. 7 Véase A/58/314. 4 2

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