A/HRC/RES/23/21
militar, así como la intimidación y detención de los familiares de las personas sospechosas
de eludir el servicio nacional en Eritrea;
d)
Las graves limitaciones impuestas a la libertad de circulación, entre ellas la
reclusión arbitraria de las personas atrapadas cuando tratan de huir del país o sospechosas
de tener la intención de hacerlo;
e)
Las violaciones de los derechos del niño, como el reclutamiento forzoso de
menores, entre otras;
f)
El uso generalizado de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o
degradantes y el uso de lugares de detención que están muy por debajo de los criterios
internacionales, como celdas subterráneas y contenedores metálicos de transporte;
g)
La práctica de tirar a matar utilizada en las fronteras de Eritrea para detener a
los ciudadanos eritreos que tratan de huir del país;
h)
Toda contravención de sus obligaciones internacionales de derechos humanos
cometida por el Gobierno de Eritrea en relación con la recaudación de impuestos entre sus
nacionales fuera de Eritrea;
i)
La falta de cooperación de Eritrea con los mecanismos internacionales y
regionales de derechos humanos;
3.
Exhorta al Gobierno de Eritrea a que, sin demora:
a)
Ponga fin a la detención arbitraria de sus ciudadanos y al uso de la tortura y
otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes;
b)
Informe del paradero de todos los presos políticos, especialmente los
miembros del "G-15" y los periodistas, y los ponga en libertad;
c)
Garantice el acceso gratuito y equitativo de los detenidos a un sistema
judicial independiente y mejore las condiciones penitenciarias, en particular prohibiendo el
uso de celdas subterráneas y contenedores de transporte para encerrar a los reclusos,
poniendo fin a la utilización de centros secretos de detención y tribunales secretos y a la
práctica de la detención en régimen de incomunicación y permitiendo que los familiares,
los abogados, los médicos y demás autoridades e instituciones competentes y legalmente
habilitadas tengan acceso regular a los presos;
d)
Ponga fin al sistema del servicio nacional indefinido, prevea la objeción de
conciencia al servicio militar y ponga término a la práctica obligatoria de que todos los
menores sigan su último año de escolarización en un campamento de adiestramiento
militar;
e)
Permita a las organizaciones de derechos humanos y humanitarias desarrollar
su actividad en Eritrea sin temor o intimidaciones y facilite la plena ejecución del Marco
estratégico de asociación para la cooperación para 2013-2016 suscrito por el Gobierno de
Eritrea y las Naciones Unidas el 28 de enero de 2013;
f)
Respete el derecho de todos a la libertad de expresión y a la libertad de
pensamiento, conciencia y religión o creencia, y a la libertad de reunión y de asociación
pacíficas;
g)
Refuerce la promoción y protección de los derechos de la mujer, entre otras
cosas, adoptando medidas suplementarias para combatir las prácticas nocivas, como el
matrimonio precoz y la mutilación genital femenina;
h)
Aplique las recomendaciones aceptadas durante su examen periódico
universal, informe sobre los progresos realizados y coopere plenamente con el Consejo de
Derechos Humanos y el examen periódico universal en su segundo ciclo;
GE.13-15094
3
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