A/RES/59/202
prevenibles, y que se calcula que casi el doble de mujeres que hombres sufren
malnutrición;
5.
Alienta a todos los Estados a que tomen medidas para lograr gradualmente
la plena realización del derecho a la alimentación, entre otras, medidas encaminadas a
promover las condiciones necesarias para que nadie padezca hambre y todos disfruten
cuanto antes del derecho a la alimentación, y también a que elaboren y adopten planes
nacionales de lucha contra el hambre;
6.
Pide a todos los Estados y a todos los actores del sector privado, así
como a las organizaciones internacionales en el marco de sus respectivos mandatos,
que tengan plenamente en cuenta la necesidad de promover la realización efectiva
del derecho a la alimentación para todos, incluso en las negociaciones en curso en
distintas esferas;
7.
Alienta a todos los Estados a que adopten medidas para combatir la
discriminación contra la mujer, especialmente cuando contribuya a la malnutrición
de las mujeres y las niñas, incluso medidas para hacer respetar el derecho a la
alimentación y asegurar a las mujeres el acceso en condiciones de igualdad a los
recursos necesarios para poder alimentarse, en particular ingresos, tierras y agua;
8.
Destaca la necesidad de tomar disposiciones para movilizar recursos
técnicos y financieros de todas las fuentes, incluido el alivio de la deuda externa de los
países en desarrollo, y asignarlos y utilizarlos con la máxima eficiencia, así como de
reforzar las medidas nacionales para aplicar una política sostenible de seguridad
alimentaria;
Acoge con beneplácito la reunión de líderes mundiales sobre la acción
9.
contra el hambre y la pobreza, organizada por los presidentes del Brasil, Chile y
Francia y por el Presidente del Gobierno de España, con el apoyo del Secretario
General, y la declaración de Nueva York sobre la Acción contra el hambre y la
pobreza aprobada en esa reunión, que cuenta hasta la fecha con el respaldo de ciento
diez países, y recomienda que se sigan tomando medidas para encontrar fuentes
adicionales de financiación para luchar contra el hambre y la pobreza;
10. Reconoce que las promesas hechas en la Cumbre Mundial sobre la
Alimentación, celebrada en 1996, de reducir a la mitad el número de personas
subalimentadas no se están cumpliendo, e invita una vez más a todas las
instituciones financieras y de desarrollo internacionales y a los organismos y fondos
competentes de las Naciones Unidas a que den prioridad al objetivo de reducir a la
mitad, para el año 2015, el número de personas que padece hambre, y la realización
del derecho a la alimentación consagrado en la Declaración de Roma sobre la
Seguridad Alimentaria Mundial6 y en la Declaración del Milenio4, y a que provean
los fondos necesarios para lograrlo;
11. Insta a los Estados a que en sus estrategias de desarrollo y en sus gastos
den prioridad adecuada a la realización del derecho a la alimentación;
12. Toma nota del informe provisional del Relator Especial de la Comisión
de Derechos Humanos sobre el derecho a la alimentación 8 y encomia al Relator
Especial por su valiosa labor de promoción de ese derecho;
_______________
8
Véase A/59/385.
3
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