A/RES/59/202
13. Apoya la ejecución del mandato del Relator Especial, prorrogado por la
Comisión de Derechos Humanos en su resolución 2003/25, de 22 de abril de 2003 9;
14. Expresa su reconocimiento al Relator Especial por haber contribuido
eficazmente al examen de mediano plazo de la aplicación de la Declaración de
Roma sobre la Seguridad Alimentaria Mundial y el Plan de Acción de la Cumbre
Mundial sobre la Alimentación, presentando al Alto Comisionado de las Naciones
Unidas para los Derechos Humanos sus recomendaciones sobre todos los aspectos
del derecho a la alimentación, participando en la Cumbre y contribuyendo a sus
actividades;
15. Alienta al Relator Especial a que siga aplicando una perspectiva de
género en las actividades relacionadas con su mandato;
16. Pide al Secretario General y al Alto Comisionado que proporcionen al
Relator Especial todos los recursos humanos y financieros necesarios para el
desempeño eficaz de su mandato;
17. Acoge con beneplácito la labor ya realizada por el Comité de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales en la promoción del derecho a una alimentación
adecuada, en particular su observación general No. 12 (1999) sobre el derecho a
una alimentación adecuada (artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales), en la cual el Comité afirmó, entre otras cosas,
que el derecho a una alimentación adecuada está inseparablemente vinculado a la
dignidad intrínseca de toda persona, y es indispensable para el disfrute de otros
derechos humanos consagrados en la Carta Internacional de Derechos Humanos y es
también inseparable de la justicia social, pues requiere la adopción de políticas
económicas, ambientales y sociales adecuadas, en los planos nacional e internacional,
orientadas a la erradicación de la pobreza y al disfrute de todos los derechos humanos
por todos 10;
18. Toma nota de la observación general No. 15 (2002) del Comité de
Derechos Económicos, Sociales y Culturales sobre el derecho al agua (artículos 11 y
12 del Pacto), en la que el Comité tomó nota, entre otras cosas, de la importancia
que tiene para el ejercicio del derecho a una alimentación adecuada asegurar la
utilización sostenible de los recursos hídricos para el consumo humano y para la
agricultura 11;
19. Celebra la adopción por el Grupo de Trabajo Intergubernamental, con
arreglo al mandato que le ha confiado el Consejo de la Organización de las Naciones
Unidas para la Agricultura y la Alimentación, de un conjunto de directrices
voluntarias para lograr la realización gradual del derecho a una alimentación
adecuada en el contexto de la seguridad alimentaria nacional, así como la
aprobación por el Comité de Seguridad Alimentaria Mundial de dichas directrices en
la forma presentada y su decisión de transmitirlas al Consejo para su aprobación
final y, a este respecto, alienta a los Estados miembros del Consejo a que las
aprueben;
_______________
9
Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2003, Suplemento No. 3 (E/2003/23),
cap. II, secc. A.
10
Ibíd., 2000, Suplemento No. 2 y corrección (E/2000/22 y Corr.1), anexo V, párr. 4.
11
Ibíd., 2003, Suplemento No. 2 (E/2003/22), anexo IV.
4
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