A/RES/59/202 13. Apoya la ejecución del mandato del Relator Especial, prorrogado por la Comisión de Derechos Humanos en su resolución 2003/25, de 22 de abril de 2003 9; 14. Expresa su reconocimiento al Relator Especial por haber contribuido eficazmente al examen de mediano plazo de la aplicación de la Declaración de Roma sobre la Seguridad Alimentaria Mundial y el Plan de Acción de la Cumbre Mundial sobre la Alimentación, presentando al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sus recomendaciones sobre todos los aspectos del derecho a la alimentación, participando en la Cumbre y contribuyendo a sus actividades; 15. Alienta al Relator Especial a que siga aplicando una perspectiva de género en las actividades relacionadas con su mandato; 16. Pide al Secretario General y al Alto Comisionado que proporcionen al Relator Especial todos los recursos humanos y financieros necesarios para el desempeño eficaz de su mandato; 17. Acoge con beneplácito la labor ya realizada por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en la promoción del derecho a una alimentación adecuada, en particular su observación general No. 12 (1999) sobre el derecho a una alimentación adecuada (artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales), en la cual el Comité afirmó, entre otras cosas, que el derecho a una alimentación adecuada está inseparablemente vinculado a la dignidad intrínseca de toda persona, y es indispensable para el disfrute de otros derechos humanos consagrados en la Carta Internacional de Derechos Humanos y es también inseparable de la justicia social, pues requiere la adopción de políticas económicas, ambientales y sociales adecuadas, en los planos nacional e internacional, orientadas a la erradicación de la pobreza y al disfrute de todos los derechos humanos por todos 10; 18. Toma nota de la observación general No. 15 (2002) del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales sobre el derecho al agua (artículos 11 y 12 del Pacto), en la que el Comité tomó nota, entre otras cosas, de la importancia que tiene para el ejercicio del derecho a una alimentación adecuada asegurar la utilización sostenible de los recursos hídricos para el consumo humano y para la agricultura 11; 19. Celebra la adopción por el Grupo de Trabajo Intergubernamental, con arreglo al mandato que le ha confiado el Consejo de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, de un conjunto de directrices voluntarias para lograr la realización gradual del derecho a una alimentación adecuada en el contexto de la seguridad alimentaria nacional, así como la aprobación por el Comité de Seguridad Alimentaria Mundial de dichas directrices en la forma presentada y su decisión de transmitirlas al Consejo para su aprobación final y, a este respecto, alienta a los Estados miembros del Consejo a que las aprueben; _______________ 9 Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2003, Suplemento No. 3 (E/2003/23), cap. II, secc. A. 10 Ibíd., 2000, Suplemento No. 2 y corrección (E/2000/22 y Corr.1), anexo V, párr. 4. 11 Ibíd., 2003, Suplemento No. 2 (E/2003/22), anexo IV. 4

Sélectionner le paragraphe cible3

Se connecter à un paragraphe
Connect to an entity
Disable highlights
Ajouter à la table des matières