A/RES/57/148 para el asentamiento en el lugar de refugio de los que deseen integrarse en él, en cooperación con las autoridades locales; 2. Exhorta también a todos los Estados, organizaciones regionales, organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales y demás órganos competentes a que ofrezcan respaldo al Gobierno de la República Federativa de Yugoslavia en sus esfuerzos por lograr la transición de la etapa de socorro a la de los objetivos a largo plazo de la rehabilitación, la reconstrucción y el desarrollo del país; 3. Acoge con satisfacción el empeño que la República Federativa de Yugoslavia sigue manifestando en cooperar con el sistema de las Naciones Unidas y las organizaciones humanitarias para atender las necesidades humanitarias de la población afectada, sobre todo los refugiados y los desplazados internos, y la alienta a proseguir esa cooperación, e insta a las autoridades competentes y a la comunidad internacional a que respalden los programas que garantizarán que se atiendan las necesidades humanitarias de los refugiados y los desplazados internos vulnerables que haya en la República Federativa de Yugoslavia y a que intenten hallar soluciones duraderas a la difícil situación de esas personas, en particular la repatriación y la reinserción voluntarias, destaca la necesidad de crear condiciones que favorezcan su regreso en condiciones de seguridad, y hace hincapié, a este respecto, en la importancia que tiene la cooperación regional para encontrar soluciones a la difícil situación de los refugiados; 4. Pide a todos los Estados Miembros, a las organizaciones intergubernamentales y a las organizaciones no gubernamentales que ayuden financieramente y de otras maneras a establecer soluciones duraderas para los refugiados y los desplazados internos, mediante, entre otras cosas, la aplicación de la Estrategia Nacional para Resolver Problemas de Refugiados y Desplazados Internos en la República Federativa de Yugoslavia; 5. Pide al Secretario General y a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y otros organismos que sigan gestionando la prestación oportuna de asistencia humanitaria internacional y de asistencia para el desarrollo a la República Federativa de Yugoslavia; 6. Reconoce que no habrá llamamiento humanitario unificado de las Naciones Unidas en 2003, pero subraya la importancia de la coordinación de la asistencia humanitaria a la República Federativa de Yugoslavia, mediante, entre otras cosas, los mecanismos del sistema de coordinadores residentes de las Naciones Unidas; 7. Pide a las Naciones Unidas y los organismos especializados que, en cooperación con el Gobierno de la República Federativa de Yugoslavia, las organizaciones internacionales y regionales y los órganos competentes, así como con los Estados interesados, sigan esforzándose por determinar las necesidades humanitarias, con miras a garantizar vínculos efectivos entre el socorro y la asistencia a más largo plazo que se presten a la República Federativa de Yugoslavia, teniendo en cuenta la labor que ya se ha llevado a cabo en este ámbito y la necesidad de evitar la duplicación y la superposición de esfuerzos; 8. Pide al Secretario General que le presente, en su quincuagésimo noveno período de sesiones, un informe sobre la aplicación de la presente resolución, en 3

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