A/RES/58/22
2.
Deplora que algunos Estados hayan trasladado sus representaciones
diplomáticas a Jerusalén, contraviniendo la resolución 478 (1980) del Consejo de
Seguridad, y exhorta una vez más a esos Estados a que respeten las disposiciones de
las resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas, de conformidad con la Carta de
las Naciones Unidas;
3.
Subraya que toda solución general, justa y duradera de la cuestión de la
ciudad de Jerusalén debe tener en cuenta las preocupaciones legítimas de las partes
palestina e israelí e incluir disposiciones garantizadas internacionalmente por las que
se asegure la libertad de religión y de conciencia de sus habitantes, así como el acceso
permanente, libre y sin trabas a los Santos Lugares de personas de todas las religiones
y nacionalidades;
4.
Pide al Secretario General que le presente un informe, en su quincuagésimo
noveno período de sesiones, sobre la aplicación de la presente resolución.
68ª sesión plenaria
3 de diciembre de 2003
2
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