A/RES/64/217
nacionales encaminadas a formular metodologías e instrumentos y a promover las
actividades de fomento de la capacidad y la evaluación;
11. Exhorta a los Estados Miembros a que integren la perspectiva de género
en el diseño, la ejecución, la supervisión y la evaluación de las políticas ambientales
nacionales y la presentación de informes sobre esas políticas, y a que refuercen sus
mecanismos y proporcionen recursos suficientes para garantizar la participación
plena y equitativa de la mujer en la adopción de decisiones sobre cuestiones
ambientales a todos los niveles, en particular sobre las estrategias relacionadas con
las repercusiones del cambio climático en la vida de la mujer y la niña;
12. Alienta a los Estados Miembros a que impulsen una participación amplia
y más eficaz de los mecanismos nacionales encargados de promover la igualdad
entre los géneros y el empoderamiento de la mujer en la formulación de las
estrategias nacionales de desarrollo, incluidas las encaminadas a erradicar la pobreza
y reducir las desigualdades, y exhorta al sistema de las Naciones Unidas a que
respalde las iniciativas nacionales adoptadas con ese fin;
13. Exhorta a los Estados Miembros a que continúen ampliando la
representación y participación de la mujer en todos los niveles de los órganos
gubernamentales que adoptan decisiones sobre cuestiones de desarrollo a fin de
asegurar que se tengan en cuenta las prioridades, necesidades y aportaciones de la
mujer, entre otras cosas, facilitando su acceso a la capacitación, adoptando medidas
que les permitan conciliar las obligaciones familiares y profesionales y eliminando
los estereotipos de género en los nombramientos y ascensos;
14. Expresa profunda preocupación por la violencia generalizada contra la
mujer y la niña, reitera la necesidad de seguir intensificando los esfuerzos para
prevenir y eliminar todas las formas de violencia contra ellas y reconoce que la
violencia es uno de los obstáculos que impide lograr los objetivos de igualdad,
desarrollo y paz, y que la pobreza y la falta de empoderamiento político, social y
económico de la mujer, así como su marginación, pueden deberse a su exclusión de
las políticas sociales y los beneficios de desarrollo sostenible y colocarla en
situación de mayor riesgo de violencia;
15. Reconoce la necesidad de fortalecer la capacidad de los gobiernos de
incorporar la perspectiva de género en las políticas y la adopción de decisiones, y
alienta a todos los gobiernos, las organizaciones internacionales, en particular el
sistema de las Naciones Unidas, y demás interesados a que apoyen las iniciativas
adoptadas por los países en desarrollo para integrar la perspectiva de género en
todos los aspectos de la formulación de políticas, incluso mediante la prestación de
asistencia técnica y el suministro de recursos financieros;
16. Alienta a los gobiernos, el sector privado, las organizaciones no
gubernamentales y otros agentes de la sociedad civil a que promuevan y protejan los
derechos de las trabajadoras, adopten medidas para eliminar los obstáculos
estructurales y jurídicos, así como las actitudes estereotípicas que impiden lograr la
igualdad entre los géneros en el lugar de trabajo, y a que adopten medidas positivas
para promover la igual remuneración por igual trabajo o de igual valor;
17. Insta a los gobiernos a que elaboren políticas dinámicas que promuevan
el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos, especialmente la plena
participación de la mujer y el hombre, tanto en las zonas rurales como en las
urbanas, y a que proporcionen los recursos necesarios para aplicarlas;
18. Exhorta a los gobiernos a que intensifiquen los esfuerzos para proteger
los derechos y asegurar condiciones de trabajo decente de las trabajadoras
domésticas, incluidas las mujeres migrantes, en relación, entre otras cosas, con el
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