A/RES/58/140 11. Insta a los Estados y a los organismos de financiación a que reconsideren, según proceda, sus políticas de financiación de la asistencia al desarrollo e incluyan un elemento de prevención del delito y justicia penal en dicha asistencia; 12. Acoge con agrado los intentos de la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal de ejercer más vigorosamente la función de movilización de recursos prevista en su mandato, y pide a la Comisión que siga intensificando sus actividades en este sentido, también con arreglo a la resolución 2003/31 del Consejo Económico y Social, de 22 de julio de 2003, sobre el funcionamiento de la Comisión; 13. Toma nota con reconocimiento de la decisión de organizar durante el 13º período de sesiones de la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal un examen de alto nivel de los progresos hechos en relación con los aspectos de justicia penal del terrorismo y los convenios y protocolos internacionales relativos al terrorismo; 14. Expresa su reconocimiento a las organizaciones no gubernamentales y a otros sectores pertinentes de la sociedad civil por el apoyo que proporcionan al Programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal; 15. Invita a las instituciones competentes del sistema de las Naciones Unidas, entre ellas el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y el Banco Mundial, así como a otros organismos internacionales de financiación, a que intensifiquen su interacción con la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, con objeto de aprovechar las sinergias y evitar la duplicación de esfuerzos y de que las actividades de prevención del delito y justicia penal, incluidas las de prevención de la corrupción, se tengan en cuenta según proceda en su programa de desarrollo sostenible y que se aproveche plenamente la pericia de la Oficina en materia de prevención del delito y justicia penal, incluidas las actividades relacionadas con la prevención de la corrupción y el fomento del imperio de la ley; 16. Pide al Secretario General que adopte todas las medidas necesarias para prestar asistencia apropiada a la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal, en su calidad de principal órgano normativo en la materia, en el desempeño de sus actividades, incluidas la cooperación y la coordinación con los institutos de la red del Programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal y otros órganos competentes; 17. Acoge con agrado la entrada en vigor de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Convención de Palermo) y la próxima entrada en vigor del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, así como los resultados de las jornadas de firma y depósito de instrumentos de ratificación o adhesión, “Horizonte 2003: tratados contra la delincuencia transnacional organizada y el terrorismo”, que organizó el Secretario General en Nueva York del 23 al 26 de septiembre de 2003; 18. Subraya la importancia de que entren en vigor rápidamente los restantes Protocolos de la Convención; 19. Insta a todos los Estados y a las organizaciones económicas regionales que aún no lo hayan hecho a que ratifiquen la Convención o se adhieran a ella lo antes posible a fin de poder participar en el período de sesiones inaugural de la conferencia de los Estados partes, que se celebrará en Viena del 28 de junio al 9 de julio de 2004; 5

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