A/RES/58/140
11. Insta a los Estados y a los organismos de financiación a que reconsideren,
según proceda, sus políticas de financiación de la asistencia al desarrollo e incluyan
un elemento de prevención del delito y justicia penal en dicha asistencia;
12. Acoge con agrado los intentos de la Comisión de Prevención del Delito y
Justicia Penal de ejercer más vigorosamente la función de movilización de recursos
prevista en su mandato, y pide a la Comisión que siga intensificando sus actividades
en este sentido, también con arreglo a la resolución 2003/31 del Consejo Económico
y Social, de 22 de julio de 2003, sobre el funcionamiento de la Comisión;
13. Toma nota con reconocimiento de la decisión de organizar durante el 13º
período de sesiones de la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal un
examen de alto nivel de los progresos hechos en relación con los aspectos de
justicia penal del terrorismo y los convenios y protocolos internacionales relativos
al terrorismo;
14. Expresa su reconocimiento a las organizaciones no gubernamentales y
a otros sectores pertinentes de la sociedad civil por el apoyo que proporcionan
al Programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia
penal;
15. Invita a las instituciones competentes del sistema de las Naciones Unidas,
entre ellas el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y el Banco Mundial,
así como a otros organismos internacionales de financiación, a que intensifiquen su
interacción con la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, con
objeto de aprovechar las sinergias y evitar la duplicación de esfuerzos y de que las
actividades de prevención del delito y justicia penal, incluidas las de prevención de
la corrupción, se tengan en cuenta según proceda en su programa de desarrollo
sostenible y que se aproveche plenamente la pericia de la Oficina en materia de
prevención del delito y justicia penal, incluidas las actividades relacionadas con la
prevención de la corrupción y el fomento del imperio de la ley;
16. Pide al Secretario General que adopte todas las medidas necesarias para
prestar asistencia apropiada a la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal,
en su calidad de principal órgano normativo en la materia, en el desempeño de sus
actividades, incluidas la cooperación y la coordinación con los institutos de la red
del Programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia
penal y otros órganos competentes;
17. Acoge con agrado la entrada en vigor de la Convención de las Naciones
Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Convención de Palermo)
y la próxima entrada en vigor del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la
trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención
de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, así como
los resultados de las jornadas de firma y depósito de instrumentos de ratificación o
adhesión, “Horizonte 2003: tratados contra la delincuencia transnacional organizada
y el terrorismo”, que organizó el Secretario General en Nueva York del 23 al 26 de
septiembre de 2003;
18. Subraya la importancia de que entren en vigor rápidamente los restantes
Protocolos de la Convención;
19. Insta a todos los Estados y a las organizaciones económicas regionales
que aún no lo hayan hecho a que ratifiquen la Convención o se adhieran a ella
lo antes posible a fin de poder participar en el período de sesiones inaugural de la
conferencia de los Estados partes, que se celebrará en Viena del 28 de junio al 9 de
julio de 2004;
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