A/RES/57/310
Naciones Unidas
Distr. general
11 de julio de 2003
Asamblea General
Quincuagésimo séptimo período de sesiones
Tema 112 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General
[sobre la base del informe de la Quinta Comisión (A/57/649/Add.2)]
57/310. Sueldo y pensión de jubilación del Secretario General y sueldo
y remuneración pensionable del Administrador del Programa
de las Naciones Unidas para el Desarrollo
La Asamblea General,
Habiendo examinado el informe de la Comisión Consultiva en Asuntos
Administrativos y de Presupuesto1,
1.
Apoya la recomendación de la Comisión Consultiva en Asuntos
Administrativos y de Presupuesto sobre el sueldo y la pensión de jubilación del Secretario
General, que figura en el párrafo 9 de su informe1;
2.
Apoya también la recomendación de la Comisión Consultiva sobre el sueldo y
la remuneración pensionable del Administrador del Programa de las Naciones Unidas para
el Desarrollo, que figura en el párrafo 9 de su informe;
3.
Aprueba, con efecto a partir del 1° de enero de 2003, la enmienda al párrafo 1
del anexo I del Estatuto del Personal de las Naciones Unidas que figura en el anexo de la
presente resolución;
4.
Pide a la Comisión Consultiva que le presente, en su quincuagésimo octavo
período de sesiones, propuestas encaminadas a formalizar las condiciones y los
procedimientos relativos al sueldo y la pensión de jubilación del Secretario General y al
sueldo y la remuneración pensionable del Administrador del Programa de las Naciones
Unidas para el Desarrollo.
90ª sesión plenaria
18 de junio de 2003
_______________
1
A/57/7/Add.25. Para el texto definitivo, véase Documentos Oficiales de la Asamblea General,
quincuagésimo séptimo período de sesiones, Suplemento No. 7.
02 56200
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