A/RES/56/18 1. Reafirma la necesidad de que se observe plenamente la Carta de las Naciones Unidas; 2. Exhorta a todos los Estados, las organizaciones internacionales pertinentes y los órganos competentes de las Naciones Unidas a que respeten los principios de la integridad territorial y la soberanía de todos los Estados y de la inviolabilidad de las fronteras internacionales, continúen tomando medidas de conformidad con la Carta y los compromisos asumidos en el marco de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa, así como ampliando el alcance de los acuerdos regionales, según proceda, para eliminar las amenazas a la paz y la seguridad internacionales y ayudar a prevenir conflictos en Europa Sudoriental que puedan conducir a la desintegración violenta de los Estados; 3. Reafirma la necesidad apremiante de que Europa sudoriental se consolide como una región de paz, seguridad, estabilidad, democracia, cooperación y desarrollo económico y de promoción de la buena vecindad y respeto de los derechos humanos, lo que contribuiría al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales y mejoraría las perspectivas de desarrollo sostenible y prosperidad de todos los pueblos de la región, parte integrante de Europa, y reconoce el papel de las Naciones Unidas, la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa y la Unión Europea en la promoción del desarme regional; 4. Exhorta a todos los participantes en el Pacto de Estabilidad para Europa Sudoriental, así como a todas las organizaciones internacionales interesadas a que apoyen los esfuerzos de los Estados de Europa sudoriental en pro de la estabilidad y cooperación regionales, para que puedan lograr el desarrollo sostenible e integrarse en las estructuras europeas; 5. Exhorta a todos los Estados a que contribuyan a la plena aplicación de la resolución 1244 (1999) del Consejo de Seguridad, relativa a Kosovo (República Federativa de Yugoslavia), así como de las resoluciones 1345 (2001) y 1371 (2001) del Consejo; 6. Rechaza el uso de la violencia para alcanzar objetivos políticos, e insiste en que solamente las soluciones políticas pacíficas pueden garantizar un futuro estable y democrático para Europa sudoriental; Acoge con beneplácito la firma del Acuerdo Marco de Ohrid (ex 7. República Yugoslava de Macedonia), el 13 de agosto de 2001, y apoya su aplicación plena y oportuna por las partes en el Acuerdo; Destaca la importancia de la buena vecindad y el establecimiento de 8. relaciones de amistad entre los Estados y hace un llamamiento a todos los Estados para que resuelvan sus controversias con otros Estados por medios pacíficos, de conformidad con la Carta; 9. Insta a que se fortalezcan las relaciones entre los Estados de Europa sudoriental sobre la base del respeto del derecho internacional y los acuerdos internacionales, de conformidad con el principio de la buena vecindad y del respeto mutuo; 10. Reconoce los esfuerzos de la comunidad internacional, y acoge con satisfacción en particular la asistencia ya prestada por la Unión Europea, otros contribuyentes y el Pacto de Estabilidad para Europa Sudoriental, en la promoción del proceso de desarrollo democrático y económico a largo plazo de la región; 11. Destaca que el acercamiento de los Estados de Europa sudoriental y la Unión Europea ha de tener repercusiones positivas en la seguridad y la situación 3

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