A/HRC/RES/43/21 derechos humanos, y alienta a los Estados a que aprovechen esa oportunidad para facilitar la cooperación técnica pertinente; 9. Solicita a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que facilite todos los recursos necesarios para la mencionada reunión a fin de que disponga de los servicios e instalaciones requeridos, y que prepare un breve informe sobre la reunión y lo presente al Consejo de Derechos Humanos en su 49º período de sesiones; 10. Decide seguir ocupándose de la cuestión. 45ª sesión 22 de junio de 2020 [Aprobada en votación registrada por 23 votos contra 16 y 8 abstenciones. El resultado de la votación fue el siguiente: Votos a favor: Angola, Argentina, Bahrein, Bangladesh, Brasil, Burkina Faso, Camerún, Eritrea, Filipinas, Indonesia, Mauritania, México, Namibia, Nepal, Nigeria, Pakistán, Qatar, Senegal, Somalia, Sudán, Togo, Uruguay, Venezuela (República Bolivariana de). Votos en contra: Alemania, Australia, Austria, Bulgaria, Chequia, Dinamarca, Eslovaquia, España, India, Islas Marshall, Italia, Japón, Países Bajos, Polonia, República de Corea, Ucrania. Abstenciones: Afganistán, Armenia, Bahamas, Chile, Fiji, Libia, Perú, República Democrática del Congo.] 4 GE.20-08874

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