A/HRC/RES/55/21 33. Insta a la República Popular Democrática de Corea a que se abstenga de utilizar la fuerza letal y otras formas de fuerza excesiva en sus fronteras y otros lugares, a que colabore con la comunidad internacional, incluido el sistema de las Naciones Unidas, y a que favorezca condiciones que permitan atenuar el sufrimiento de los ciudadanos de la República Popular Democrática de Corea y autorice al personal internacional a realizar actividades en el país, a fin de que la comunidad internacional pueda prestar asistencia atendiendo a las evaluaciones independientes de las necesidades, incluidas las necesidades de las personas en situación de vulnerabilidad en los centros de privación de libertad, y una capacidad de vigilancia, de conformidad con las normas internacionales y los principios humanitarios y conforme a las resoluciones del Consejo de Seguridad en la materia; 34. Alienta al sistema de las Naciones Unidas en su conjunto a que siga ocupándose de la grave situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea de manera coordinada y unificada, en particular en el marco de su examen por el Consejo de Seguridad; 35. Alienta a todos los Estados que mantienen relaciones con la República Popular Democrática de Corea a que utilicen su influencia para alentarla a adoptar medidas inmediatas que pongan fin a todas las violaciones y abusos de los derechos humanos, por ejemplo clausurando los campamentos de presos políticos y emprendiendo reformas institucionales profundas; 36. Solicita al Secretario General que facilite a la Relatoría Especial y a la Oficina del Alto Comisionado, en relación con la estructura sobre el terreno, todos los recursos y el apoyo que sean necesarios para desempeñar eficazmente su mandato, en particular apoyo para el archivo de información y pruebas, y que vele por que el o la titular del mandato reciba el apoyo de la Oficina del Alto Comisionado; 37. Decide transmitir todos los informes de la Relatora Especial a todos los órganos pertinentes de las Naciones Unidas y al Secretario General para que adopten las medidas que procedan. 55ª sesión 4 de abril de 2024 [Aprobada sin votación.] GE.24-06419 11

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