Cuestión de las Islas Turcas y Caicos A/RES/71/117 11. Destaca la importancia de que el Comité Especial Encargado de Examinar la Situación con respecto a la Aplicación de la Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales reciba información sobre las opiniones y los deseos del pueblo de las Islas Turcas y Caicos y comprenda mejor sus condiciones, incluidos el carácter y el alcance de los acuerdos políticos y constitucionales existentes entre las Islas Turcas y Caicos y la Potencia administradora; 12. Exhorta a la Potencia administradora a que participe y coopere plenamente en la labor del Comité Especial a fin de aplicar las disposiciones del Artículo 73 e de la Carta y las de la Declaración y asesorar al Comité Especial sobre el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 73 b de la Carta respecto de los esfuerzos por promover el autogobierno de las Islas Turcas y Caicos, y alienta a la Potencia administradora a que facilite el envío de misiones visitadoras y especiales al Territorio; 13. Reafirma que, en virtud de la Carta, la Potencia administradora tiene la responsabilidad de promover el desarrollo económico y social del Territorio y preservar su identidad cultural, y solicita a la Potencia administradora que adopte medidas para recabar y utilizar eficazmente toda la asistencia posible, tanto bilateral como multilateral, a fin de fortalecer la economía del Territorio; 14. Tiene en cuenta la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 7, incluidos los Objetivos de Desarrollo Sostenible, destaca la importancia de fomentar el desarrollo económico y social sostenible del Territorio promoviendo un crecimiento económico sostenido, inclusivo y equitativo, creando mayores oportunidades para todos, reduciendo las desigualdades, elevando los niveles de vida básicos, favoreciendo el desarrollo social equitativo y la inclusión, y promoviendo la ordenación integrada y sostenible de los recursos naturales y los ecosistemas, que contribuye, entre otras cosas, al desarrollo económico, social y humano y al mismo tiempo facilita la conservación, regeneración, restauración y resiliencia de los ecosistemas frente a los desafíos nuevos y emergentes, e insta encarecidamente a la Potencia administradora a que no emprenda ningún tipo de actividades ilícitas, nocivas e improductivas, incluida la utilización del Territorio como paraíso fiscal, que no estén en consonancia con los intereses del pueblo del Territorio; 15. Solicita al Territorio y a la Potencia administradora que adopten todas las medidas necesarias para proteger y preservar el medio ambiente del Territorio de cualquier degradación, y una vez más solicita a los organismos especializados competentes que vigilen las condiciones ambientales del Territorio y le proporcionen asistencia, en consonancia con sus respectivos reglamentos vigentes; 16. Solicita al Comité Especial que siga examinando la cuestión de las Islas Turcas y Caicos y que en su septuagésimo segundo período de sesiones la informe al respecto y sobre la aplicación de la presente resolución. 53ª sesión plenaria 6 de diciembre de 2016 _______________ 7 Resolución 70/1. 5/5

Sélectionner le paragraphe cible3