A/RES/58/77 10. Alienta a las delegaciones a que, en el debate sobre el informe de la Comisión de Derecho Internacional, sigan ciñéndose, en lo posible, al programa de trabajo estructurado aprobado por la Sexta Comisión y a que consideren la posibilidad de presentar declaraciones concisas y específicas; 11. Alienta a los Estados Miembros a que consideren la posibilidad de hacerse representar al nivel de asesores jurídicos durante la primera semana del debate del informe de la Comisión de Derecho Internacional en la Sexta Comisión de manera de poder proceder a un debate de alto nivel sobre cuestiones de derecho internacional, y decide que esa semana se llame en adelante “Semana del Derecho Internacional”; 12. Pide a la Comisión de Derecho Internacional que siga prestando especial atención a la necesidad de indicar en su informe anual y en relación con cada tema las cuestiones concretas respecto de las cuales la opinión de los gobiernos, expresada en la Sexta Comisión o por escrito, podría revestir particular interés para orientar de manera efectiva su labor futura; 13. Toma nota de los párrafos 449 a 455 del informe de la Comisión de Derecho Internacional con respecto a la cooperación con otros órganos y alienta a la Comisión a que siga aplicando el párrafo e) del artículo 16 y los párrafos 1 y 2 del artículo 26 de su estatuto, a fin de seguir estrechando la cooperación entre la Comisión y otros órganos que se ocupan del derecho internacional, teniendo presente cuán útil es esa cooperación; 14. Observa que la celebración de consultas con organizaciones nacionales y con expertos que se ocupen de cuestiones de derecho internacional puede ayudar a los gobiernos a decidir si han de formular comentarios y observaciones sobre los proyectos presentados por la Comisión de Derecho Internacional, y a hacerlo; 15. Reafirma sus decisiones anteriores respecto de la función indispensable que cabe a la División de Codificación de la Oficina de Asuntos Jurídicos de la Secretaría en la prestación de asistencia a la Comisión de Derecho Internacional; 16. Aprueba las conclusiones a que llegó la Comisión de Derecho Internacional en los párrafos 440 a 443 de su informe con respecto a la documentación de la Comisión de Derecho Internacional y reafirma sus decisiones anteriores respecto de las actas resumidas de la Comisión3; 17. Expresa la esperanza de que el Seminario de Derecho Internacional se siga celebrando de manera simultánea con los períodos de sesiones de la Comisión de Derecho Internacional y de que se dé a un número cada vez mayor de participantes, en particular de países en desarrollo, la oportunidad de asistir a él, y exhorta a los Estados a que sigan aportando al Fondo Fiduciario de las Naciones Unidas para el Seminario de Derecho Internacional las contribuciones voluntarias que se necesitan con urgencia; 18. Pide al Secretario General que preste al Seminario de Derecho Internacional servicios suficientes, incluso de interpretación, según sea necesario, y lo alienta a que siga considerando formas de mejorar la estructura y el contenido del Seminario; 19. Pide también al Secretario General que remita a la Comisión de Derecho Internacional, para su atención, las actas de los debates del quincuagésimo octavo período de sesiones sobre el informe de la Comisión, así como las observaciones escritas distribuidas por las delegaciones en relación con sus declaraciones orales, y 3

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