Fortalecimiento de la coordinación de la asistencia humanitaria
de emergencia que prestan las Naciones Unidas
A/RES/69/135
35. Exhorta a los donantes a que aporten recursos suficientes, oportunos,
previsibles y flexibles, basados en la evaluación de las necesidades y en proporción
con ellas, en particular para las situaciones de emergencia sin financiación
suficiente y olvidadas, consideren la posibilidad de asumir compromisos tempranos
y multianuales en materia de financiación humanitaria común y continúen apoyando
diversos cauces de financiación humanitaria, alienta a que se procure aplicar los
Principios y buena gestión de las donaciones humanitarias6 y, a que se reparta mejor
la carga entre los donantes y, a este respecto, alienta al sector privado, la sociedad
civil y otras entidades pertinentes a que hagan contribuciones apropiadas que
complementen las de otras fuentes;
36. Exhorta a los Estados Miembros, las Naciones Unidas y las organizaciones
humanitarias a que encuentren mejores maneras de trabajar para subsanar la brecha
cada vez mayor en materia de capacidad y de recursos, a fin de satisfacer
efectivamente las necesidades de la población afectada;
37. Exhorta a los Estados Miembros que estén en condiciones de hacerlo y a
los asociados en actividades humanitarias y para el desarrollo a que, en sus
esfuerzos por proporcionar recursos flexibles, examinen la manera de mejorar la
incorporación de la necesidad de preparación y de fortalecimiento de la resiliencia
en la prestación de asistencia humanitaria y para el desarrollo, incluida la
reconstrucción y rehabilitación, entre otras cosas, con el fin de asegurar una
transición sin tropiezos del socorro al desarrollo;
38. Alienta a los agentes humanitarios y de desarrollo a que, cuando proceda,
traten de lograr objetivos comunes de gestión de riesgos y resiliencia, que puedan
alcanzarse mediante actividades conjuntas de análisis, planificación, programación y
financiación;
39. Exhorta a todos los Estados Miembros que estén en condiciones de
hacerlo a que aumenten sus contribuciones voluntarias a las situaciones de
emergencia humanitaria, y, en este contexto, reitera que la Oficina de Coordinación
de Asuntos Humanitarios debería tener una financiación suficiente y más previsible;
40. Acoge con beneplácito los importantes logros conseguidos por el Fondo
Central para la Acción en Casos de Emergencia en la tarea de asegurar una respuesta
más oportuna y predecible a las situaciones de emergencia humanitaria, destaca la
importancia de seguir mejorando el funcionamiento del Fondo y, en ese sentido,
alienta a los fondos, programas y organismos especializados de las Naciones Unidas
a que examinen y evalúen, cuando sea necesario, sus políticas y prácticas en materia
de alianzas con miras a asegurar la entrega oportuna de los recursos del Fondo a los
asociados en la ejecución, a fin de asegurar que los recursos se utilicen de la manera
más eficiente, eficaz, responsable y transparente posible;
41. Exhorta a todos los Estados Miembros, e invita al sector privado y a
todas las personas e instituciones interesadas, a que estudien la posibilidad de
aumentar sus contribuciones voluntarias al Fondo Central para la Acción en Casos
de Emergencia, y pone de relieve que las contribuciones deberán sumarse a los
compromisos actuales respecto de los programas humanitarios y no ir en detrimento
de los recursos disponibles para la cooperación internacional en materia de
desarrollo;
_______________
6
A/58/99-E/2003/94, anexo II.
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