A/RES/55/64
contraídos en el Décimo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del
Delito y Tratamiento del Delincuente y los invita, en particular, a poner en práctica
programas destinados a combatir y prevenir el tráfico de seres humanos, el tráfico de
migrantes y la corrupción, y a estudiar y adoptar medidas a fin de combatir y
prevenir la delincuencia organizada transnacional;
15. Alienta a los Estados a que comiencen a aportar contribuciones
voluntarias adecuadas y periódicas para llevar a la práctica la Convención de las
Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional1 y sus
protocolos 3,4, que será abierta a la firma en Palermo (Italia) el 12 de diciembre
de 2000, por conducto del mecanismo de financiación de las Naciones Unidas
destinado concretamente a ese fin en la Convención;
16. Pide al Secretario General que tome todas las medidas que sean
necesarias y proporcione apoyo adecuado a fin de que el Centro pueda promover en
el bienio 2000–2003 la rápida entrada en vigor de la Convención y sus protocolos;
17. Acoge con beneplácito la decisión de la Comisión de Prevención del
Delito y Justicia Penal de incorporar una perspectiva de género en sus actividades y
su petición a la Secretaría de que esa perspectiva sea integrada en todas las
actividades del Centro;
18. Pide al Secretario General que le presente un informe sobre la aplicación
de esta resolución en su quincuagésimo sexto período de sesiones.
81a. sesión plenaria
4 de diciembre de 2000
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