A/HRC/RES/58/9
gubernamentales, las instituciones académicas y de investigación, las empresas y los
sindicatos, a la promoción y la protección de los derechos económicos, sociales y culturales,
incluidas las actividades de capacitación e información, y subraya la importancia de que se
consulte con las personas afectadas en las decisiones que les conciernen y de que esas
personas participen en su adopción;
21.
Alienta a los Estados, a que, de conformidad con los Principios Rectores sobre
las Empresas y los Derechos Humanos, proporcionen a las empresas una orientación eficaz
sobre la manera de asumir su responsabilidad de respetar los derechos humanos, incluidos
los derechos económicos, sociales y culturales, en sus actividades, y de tratar de prevenir o
mitigar las consecuencias negativas sobre los derechos humanos directamente relacionadas
con operaciones, productos o servicios prestados por sus relaciones comerciales, incluso
cuando no hayan contribuido a generarlas;
22.
Alienta a que se apliquen medidas específicas para alcanzar las metas de
financiación de la protección social y erradicar la pobreza haciéndole frente en todas sus
formas y dimensiones, incluida la pobreza extrema y la feminización de la pobreza, entre
otras cosas mediante estrategias de desarrollo rural que reduzcan las desigualdades y tengan
en cuenta la agricultura sostenible, las dimensiones relacionadas con la seguridad alimentaria
y la nutrición y el derecho a la alimentación, e inversiones en servicios públicos, en el sector
social y en sistemas de seguridad social bien diseñados, sostenibles y eficientes que sean
accesibles para todos, incluidas las personas con discapacidad, y que se adapten a las
perturbaciones, y a que se adopten medidas eficaces para el disfrute por todas las personas
de su derecho a la seguridad social, entre otras cosas para fomentar la adhesión a esta;
23.
Alienta también a que se creen empleos y medios de subsistencia decentes para
todos, también para las personas jóvenes, especialmente en los países en desarrollo, al tiempo
que se facilita la transición de los trabajadores del sector informal al formal y se desmantelan
las desigualdades en la economía del cuidado, teniendo en cuenta también la proporción
desigual que les corresponde a las mujeres en el trabajo doméstico y de cuidados no
remunerado o infrarremunerado y la sobrerrepresentación de las mujeres en el sector
informal;
24.
Destaca la importancia de movilizar y proporcionar a los países en desarrollo
financiación para el desarrollo procedente de todas las fuentes que sea sostenible, asequible,
accesible, transparente, adecuada y previsible, así como los medios de aplicación necesarios,
y de crear un entorno más propicio en los planos mundial, regional y nacional para aumentar
la movilización de recursos internos, lo cual contribuye a hacer efectivos los derechos
económicos, sociales y culturales, reconociendo a tal efecto el carácter fundamental de la
financiación para el desarrollo y la financiación para el clima, así como la importancia de
cumplir los compromisos en materia de asistencia oficial para el desarrollo;
25.
Alienta a las instituciones financieras internacionales a que sigan apoyando a
los Estados en sus esfuerzos por crear instituciones fuertes, velando así por el establecimiento
de una buena gobernanza capaz de crear resiliencia económica y social en tiempos de
policrisis, y a que, al hacerlo, tengan en cuenta la priorización del gasto social y la mejora
del margen de maniobra fiscal de los Estados, es decir, el aumento de la eficiencia del gasto
público, la mejora de la administración de la deuda, el acceso a la financiación externa, la
movilización de los recursos internos y la reducción de los costos de transferencia de las
remesas, y a que consideren la posibilidad de utilizar el índice de vulnerabilidad
multidimensional, según proceda, colaborando al mismo tiempo en materia de asistencia y
cooperación internacional, todo lo cual contribuye a hacer efectivos los derechos
económicos, sociales y culturales;
26.
Insta a los Estados a que emprendan una respuesta multilateral reforzada para
apoyar a los países cuya carga de la deuda sea insostenible, en la cual participen de manera
sustancial los países afectados y todos los actores pertinentes, a que den prioridad al gasto
público en la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, que abarcan una amplia
gama de cuestiones relativas a los derechos económicos, sociales y culturales, y, según
proceda, al uso de canjes de deuda por Objetivos de Desarrollo Sostenible, y a que elaboren
criterios para medir los avances en materia de desarrollo sostenible que complementen al
producto interno bruto y vayan más allá;
GE.25-05378
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