A/HRC/RES/31/5
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
20 de abril de 2016
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
31er período de sesiones
Tema 3 de la agenda
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos
Humanos el 23 de marzo de 2016
31/5. Cuestión del ejercicio efectivo, en todos los países, de
los derechos económicos, sociales y culturales
El Consejo de Derechos Humanos,
Guiado por los principios relativos a los derechos económicos, sociales y culturales
consagrados en los instrumentos internacionales de derechos humanos, entre ellos la
Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales,
Recordando que en la Declaración y Programa de Acción de Viena, el Documento
Final de la Cumbre Mundial 2005 y la resolución 60/251 de la Asamblea General, de 15 de
marzo de 2006, por la que la Asamblea creó el Consejo de Derechos Humanos, se afirma
que todos los derechos humanos son universales e indivisibles, están relacionados entre sí,
son interdependientes y se refuerzan mutuamente, y deben tratarse de manera justa y
equitativa, en pie de igualdad y asignándoles a todos el mismo peso, y recordando también
que la promoción y protección de una categoría de derechos nunca debe eximir a los
Estados de la promoción y protección de los demás derechos,
Recordando también la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas, en la que
los Jefes de Estado y de Gobierno afirmaron su compromiso de no escatimar esfuerzo
alguno para promover la democracia y fortalecer el estado de derecho y el respeto de todos
los derechos humanos y las libertades fundamentales internacionalmente reconocidos,
incluido el derecho al desarrollo,
Recordando además sus resoluciones sobre la cuestión de la efectividad en todos los
países de los derechos económicos, sociales y culturales, y las resoluciones aprobadas por
la Comisión de Derechos Humanos sobre el mismo tema,
Reafirmando las obligaciones y los compromisos de adoptar medidas, tanto por
separado como mediante la asistencia y la cooperación internacionales, especialmente
económica y técnica, hasta el máximo de los recursos de que se disponga, con miras a
lograr progresivamente la plena efectividad de los derechos económicos, sociales y
GE.16-06416 (S)
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