A/HRC/RES/53/30
Acogiendo con beneplácito la asistencia técnica ofrecida a Ucrania en la esfera de los
derechos humanos por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Derechos Humanos, y reconociendo las nuevas necesidades de asistencia a ese respecto,
habida cuenta del compromiso del Gobierno de Ucrania de respetar, proteger y hacer
efectivos los derechos humanos de todas las personas bajo su jurisdicción,
Tomando nota de los informes de la Oficina del Alto Comisionado sobre la situación
de los derechos humanos en el territorio ocupado temporalmente de la República Autónoma
de Crimea y la ciudad de Sebastopol (Ucrania), presentados de conformidad con las
resoluciones de la Asamblea General 71/2051 y 72/1902, y los informes del Secretario General
presentados de conformidad con las resoluciones de la Asamblea 73/263 3, 74/1684, 75/1925,
76/1796 y 77/229,
Acogiendo con beneplácito la cooperación del Gobierno de Ucrania con la Oficina del
Alto Comisionado, entre otras entidades con su misión de vigilancia en Ucrania, y con otros
mecanismos internacionales y regionales de derechos humanos pertinentes,
Reconociendo la importancia de los informes periódicos de la Oficina del Alto
Comisionado, basados en las conclusiones de la misión de vigilancia, para la correcta
evaluación de la situación de los derechos humanos en Ucrania y de las necesidades de
asistencia técnica de este país en la esfera de los derechos humanos,
Apoyando el mayor compromiso de Ucrania de respetar, proteger y hacer efectivos
los derechos humanos y las libertades fundamentales de todas las personas bajo su
jurisdicción, así como su cooperación con los órganos creados en virtud de tratados de
derechos humanos y con las instituciones internacionales de derechos humanos,
Reconociendo la persistente necesidad de un proceso continuo de presentación de
informes, entre otros temas sobre los problemas de derechos humanos más graves existentes
en Ucrania y sus causas profundas,
Reconociendo que el Consejo de Derechos Humanos, entre otras cosas, contribuirá,
mediante el diálogo y la cooperación, a prevenir las violaciones y conculcaciones de los
derechos humanos y responderá con prontitud a las situaciones de emergencia en relación
con esos derechos,
1.
Acoge con beneplácito las exposiciones orales de las conclusiones de los
informes de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos
Humanos sobre la situación de los derechos humanos en Ucrania, realizadas por la Oficina
del Alto Comisionado entre los períodos de sesiones 48º y 53º del Consejo, de conformidad
con sus resoluciones 29/23, 32/29, 35/31, 41/25 y 47/22, y dirigidas a los Estados miembros
y observadores del Consejo de Derechos Humanos;
2.
Solicita al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos
Humanos que siga presentando oralmente al Consejo de Derechos Humanos en todos sus
períodos de sesiones, hasta el 59º y antes del final de 2023 y 2024, una actualización de las
conclusiones de cada uno de los informes de la Oficina del Alto Comisionado sobre la
situación de los derechos humanos en Ucrania, seguida en cada caso por un diálogo
interactivo.
38ª sesión
14 de julio de 2023
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Véase A/72/498.
Véase A/73/404.
A/74/276.
A/75/334 y A/HRC/44/21.
A/HRC/47/58.
A/77/220.
GE.23-14113