A/RES/72/189
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
19 de enero de 2018
Septuagésimo segundo período de sesiones
Tema 72 c) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General
el 19 de diciembre de 2017
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/72/439/Add.3)]
72/189.
Situación de los derechos humanos en la
República Islámica del Irán
La Asamblea General,
Guiada por la Carta de las Naciones Unidas, así como por la Declaración
Universal de Derechos Humanos 1, los Pactos Internacionales de Derechos Humanos 2
y otros instrumentos internacionales de derechos humanos,
Recordando sus resoluciones anteriores sobre la situación de los derechos
humanos en la República Islámica del Irán, la más reciente de las cuales es la
resolución 71/204, de 19 de diciembre de 2016,
1.
Toma nota del informe del Secretario General de fecha 31 de octubre
de 2017 3, presentado de conformidad con la resolución 71/204, y del informe del
Relator Especial del Consejo de Derechos Humanos sobre la situación de los derechos
humanos en la República Islámica del Irán de fecha 14 de agosto de 2017 4, presentado
de conformidad con la resolución 34/23 del Consejo, de 24 de marzo de 2017 5;
2.
Sigue acogiendo con beneplácito los compromisos asumidos por el
Presidente de la República Islámica del Irán respecto de algunas cuestiones
importantes de derechos humanos, especialmente en lo que respecta a la eliminación
de la discriminación contra las mujeres y contra los miembros de las minorías étnicas;
3.
Reconoce los cambios legislativos y administrativos en la República
Islámica del Irán, aprobados o propuestos, en particular, el nuev o Código de
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2
3
4
5
17-23185 (S)
Resolución 217 A (III).
Resolución 2200 A (XXI), anexo.
A/72/562.
A/72/322 y A/72/322/Corr.1.
Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo segundo período
de sesiones, Suplemento núm. 53 (A/72/53), cap. IV, secc. A.
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