A/HRC/RES/40/11
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
2 de abril de 2019
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
40º período de sesiones
25 de febrero a 22 de marzo de 2019
Tema 3 de la agenda
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos
el 21 de marzo de 2019
40/11.
Reconocimiento de la contribución que hacen los defensores de los
derechos humanos relacionados con el medio ambiente al disfrute
de los derechos humanos, la protección del medio ambiente y
el desarrollo sostenible
El Consejo de Derechos Humanos,
Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, la
Declaración Universal de Derechos Humanos, los Pactos Internacionales de Derechos
Humanos y otros instrumentos pertinentes,
Guiado también por la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio
Climático, el Acuerdo de París y el Convenio sobre la Diversidad Biológica,
Recordando la resolución 70/1 de la Asamblea General, de 25 de septiembre
de 2015, titulada “Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo
Sostenible”, que se inspira en la Declaración Universal de Derechos Humanos, los tratados
internacionales de derechos humanos, la Declaración del Milenio y el Documento Final de
la Cumbre Mundial 2005, y se basa en otros instrumentos, como la Declaración sobre el
Derecho al Desarrollo,
Recordando también la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo
Sostenible, celebrada en 2012, y su documento final, titulado “El futuro que queremos”, en
el que se reafirmaron los principios de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el
Desarrollo,
Recordando además la resolución 53/144 de la Asamblea General, de 9 de
diciembre de 1998, en la que la Asamblea aprobó por consenso la Declaración sobre el
Derecho y el Deber de los Individuos, los Grupos y las Instituciones de Promover y
Proteger los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales Universalmente
Reconocidos, denominada habitualmente Declaración sobre los Defensores de los Derechos
Humanos, y la permanente validez y aplicabilidad de todas sus disposiciones, y reiterando
la importancia de la Declaración, así como de su promoción y de su aplicación plena y
efectiva,
Recordando todas las demás resoluciones anteriores sobre esta cuestión, incluidas
las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 22/6, de 21 de marzo de 2013, 31/32,
de 24 de marzo de 2016, y 34/5, de 23 de marzo de 2017, y las resoluciones de la Asamblea
General 68/181, de 18 de diciembre de 2013, 70/161, de 17 de diciembre de 2015, y
GE.19-05450 (S)
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