A/RES/76/86 Actividades económicas y de otro tipo que afectan a los intereses de los pueblos de los Territorios No Autónomos 11. Exhorta también a las Potencias administradoras que corresponda a que proporcionen toda la asistencia necesaria a la población de los Territorios No Autónomos afectados por los huracanes, los fenómenos naturales u otros fenómenos meteorológicos extremos a fin de aliviar las necesidades humanitarias en las comunidades afectadas, apoyar las labores de recuperación y reconstrucción y mejorar su capacidad en lo que respecta a la preparación para emergencias y la reducción del riesgo; 12. Alienta a los organismos especializados y demás organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y organizaciones regionales a que sigan prestando asistencia a los Territorios No Autónomos afectados por los huracanes, los fenómenos naturales u otros fenómenos meteorológicos extremos y a que formulen programas apropiados para apoyar las labores de respuesta de emergencia y de recuperación y reconstrucción, y solicita al Secretario General que la informe sobre este asunto; 13. Solicita al Secretario General que, por todos los medios a su disposición, siga informando a la opinión pública mundial sobre todas las actividades que afecten al ejercicio del derecho de los pueblos de los Territorios No Autónomos a la libre determinación de conformidad con la Carta, su resolución 1514 (XV) y las demás resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas relativas a la descolonización; 14. Hace un llamamiento a los sindicatos y las organizaciones no gubernamentales, así como a los particulares, para que persistan en sus esfuerzos por promover el bienestar económico de los pueblos de los Territorios No Autónomos, y hace un llamamiento también a los medios de difusión para que transmitan información sobre las novedades que se produzcan a ese respecto; 15. Decide seguir la situación en los Territorios No Autónomos con miras a asegurarse de que todas las actividades económicas que se realicen en ellos tengan por objeto fortalecer y diversificar sus economías en beneficio de los pueblos de esos Territorios, en particular de las poblaciones autóctonas, y promover la viabilidad económica y financiera de los Territorios; 16. Solicita al Comité Especial encargado de Examinar la Situación con respecto a la Aplicación de la Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales que siga examinando esta cuestión y la informe al respecto en su septuagésimo séptimo período de sesiones. 49a sesión plenaria 9 de diciembre de 2021 4/4 21-18647

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