A/RES/61/32
eficiencia, uniformidad y coherencia en la modernización y armonización del
derecho mercantil internacional y, por conducto de su secretaría, mantenga una
estrecha colaboración con otros órganos y organizaciones internacionales que se
ocupan del derecho mercantil internacional, incluidas las organizaciones regionales,
Toma nota con reconocimiento del informe de la Comisión de las
1.
Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre la labor realizada en
su 39° período de sesiones1;
2.
Elogia a la Comisión por haber concluido y aprobado los artículos
revisados 2 de la Ley Modelo de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho
Mercantil Internacional sobre Arbitraje Comercial Internacional 3 relativos a la
forma del acuerdo de arbitraje y las medidas cautelares, así como la recomendación
relativa a la interpretación del párrafo 2 del artículo II y el párrafo 1 del
artículo VII 4 de la Convención sobre el Reconocimiento y la Ejecución de las
Sentencias Arbitrales Extranjeras, hecha en Nueva York el 10 de junio de 1958 5;
3.
Elogia también a la Comisión por la aprobación del contenido de las
recomendaciones del proyecto de guía legislativa sobre las operaciones
garantizadas, cuya finalidad es facilitar la financiación garantizada, promoviendo así
un mayor acceso a crédito de bajo costo y mejorando el comercio nacional e
internacional;
Acoge con satisfacción los progresos realizados por la Comisión en su
4.
labor de revisión de la Ley Modelo sobre Contratación Pública de Bienes, Obras y
Servicios 6, y en el proyecto de instrumento sobre el derecho del transporte, y
respalda la decisión de la Comisión de ocuparse de nuevos temas en los ámbitos del
arbitraje y el régimen de la insolvencia;
Hace suyas la labor y las iniciativas de la Comisión, en su calidad de
5.
órgano jurídico central del sistema de las Naciones Unidas en el ámbito del derecho
mercantil internacional, encaminadas a mejorar la coordinación y la cooperación en
las actividades jurídicas de las organizaciones internacionales y regionales que se
ocupan del derecho mercantil internacional y a promover el estado de derecho a
nivel nacional e internacional en esa esfera y, a este respecto, hace un llamamiento
a las organizaciones internacionales y regionales competentes para que coordinen
sus actividades jurídicas con las de la Comisión a fin de evitar la duplicación del
trabajo y fomentar la eficiencia, uniformidad y coherencia en la modernización y
armonización del derecho mercantil internacional;
Reafirma la importancia que reviste, especialmente para los países en
6.
desarrollo, la labor de la Comisión de cooperación y asistencia técnica en materia de
reforma y desarrollo del derecho mercantil internacional y, a ese respecto:
a) Observa con satisfacción las iniciativas tomadas por la Comisión para
ampliar, por conducto de su secretaría, su programa de cooperación y asistencia
técnica;
_______________
2
Ibíd., cap. IV, párr. 181, y anexo I.
Ibíd., cuadragésimo período de sesiones, Suplemento No. 17 (A/40/17), anexo I.
4
Ibíd., sexagésimo primer período de sesiones, Suplemento No. 17 (A/61/17), cap. IV, párr. 181, y
anexo II.
5
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 330, No. 4739.
6
Documentos Oficiales de la Asamblea General, cuadragésimo noveno período de sesiones,
Suplemento No. 17 y corrección (A/49/17 y Corr.1), anexo I.
3
2
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