A/RES/61/32 eficiencia, uniformidad y coherencia en la modernización y armonización del derecho mercantil internacional y, por conducto de su secretaría, mantenga una estrecha colaboración con otros órganos y organizaciones internacionales que se ocupan del derecho mercantil internacional, incluidas las organizaciones regionales, Toma nota con reconocimiento del informe de la Comisión de las 1. Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre la labor realizada en su 39° período de sesiones1; 2. Elogia a la Comisión por haber concluido y aprobado los artículos revisados 2 de la Ley Modelo de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre Arbitraje Comercial Internacional 3 relativos a la forma del acuerdo de arbitraje y las medidas cautelares, así como la recomendación relativa a la interpretación del párrafo 2 del artículo II y el párrafo 1 del artículo VII 4 de la Convención sobre el Reconocimiento y la Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras, hecha en Nueva York el 10 de junio de 1958 5; 3. Elogia también a la Comisión por la aprobación del contenido de las recomendaciones del proyecto de guía legislativa sobre las operaciones garantizadas, cuya finalidad es facilitar la financiación garantizada, promoviendo así un mayor acceso a crédito de bajo costo y mejorando el comercio nacional e internacional; Acoge con satisfacción los progresos realizados por la Comisión en su 4. labor de revisión de la Ley Modelo sobre Contratación Pública de Bienes, Obras y Servicios 6, y en el proyecto de instrumento sobre el derecho del transporte, y respalda la decisión de la Comisión de ocuparse de nuevos temas en los ámbitos del arbitraje y el régimen de la insolvencia; Hace suyas la labor y las iniciativas de la Comisión, en su calidad de 5. órgano jurídico central del sistema de las Naciones Unidas en el ámbito del derecho mercantil internacional, encaminadas a mejorar la coordinación y la cooperación en las actividades jurídicas de las organizaciones internacionales y regionales que se ocupan del derecho mercantil internacional y a promover el estado de derecho a nivel nacional e internacional en esa esfera y, a este respecto, hace un llamamiento a las organizaciones internacionales y regionales competentes para que coordinen sus actividades jurídicas con las de la Comisión a fin de evitar la duplicación del trabajo y fomentar la eficiencia, uniformidad y coherencia en la modernización y armonización del derecho mercantil internacional; Reafirma la importancia que reviste, especialmente para los países en 6. desarrollo, la labor de la Comisión de cooperación y asistencia técnica en materia de reforma y desarrollo del derecho mercantil internacional y, a ese respecto: a) Observa con satisfacción las iniciativas tomadas por la Comisión para ampliar, por conducto de su secretaría, su programa de cooperación y asistencia técnica; _______________ 2 Ibíd., cap. IV, párr. 181, y anexo I. Ibíd., cuadragésimo período de sesiones, Suplemento No. 17 (A/40/17), anexo I. 4 Ibíd., sexagésimo primer período de sesiones, Suplemento No. 17 (A/61/17), cap. IV, párr. 181, y anexo II. 5 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 330, No. 4739. 6 Documentos Oficiales de la Asamblea General, cuadragésimo noveno período de sesiones, Suplemento No. 17 y corrección (A/49/17 y Corr.1), anexo I. 3 2

Sélectionner le paragraphe cible3

Se connecter à un paragraphe
Connect to an entity
Disable highlights
Ajouter à la table des matières