A/RES/61/135 3. Expresa su reconocimiento al Secretario General por su rápida respuesta y por las gestiones realizadas en relación con la asistencia al pueblo palestino; 4. Expresa su reconocimiento también a los Estados Miembros, a los órganos de las Naciones Unidas y a las organizaciones intergubernamentales, regionales y no gubernamentales que han prestado y siguen prestando asistencia al pueblo palestino; Destaca la importancia de la labor realizada por el Coordinador Especial 5. de las Naciones Unidas para el proceso de paz del Oriente Medio y Representante Personal del Secretario General ante la Organización de Liberación de Palestina y la Autoridad Palestina y de las medidas adoptadas bajo los auspicios del Secretario General para establecer un mecanismo de coordinación de las actividades de las Naciones Unidas en todos los territorios ocupados; Insta a los Estados Miembros, las instituciones financieras 6. internacionales del sistema de las Naciones Unidas, las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales y las organizaciones regionales e interregionales a que, en estrecha cooperación con la Organización de Liberación de Palestina y por conducto de las instituciones oficiales palestinas, brinden asistencia económica y social al pueblo palestino con la mayor rapidez y generosidad posibles; Exhorta a las organizaciones y organismos competentes del sistema de 7. las Naciones Unidas a que intensifiquen su asistencia para responder a las necesidades urgentes del pueblo palestino, de conformidad con las prioridades establecidas por la parte palestina; Exhorta a la comunidad internacional a prestar la asistencia y los 8. servicios que se necesitan urgentemente para tratar de aliviar la grave crisis humanitaria a que se enfrentan los niños palestinos y sus familias y contribuir a la reconstrucción de las instituciones palestinas pertinentes; Acoge con beneplácito la función que desempeña el mecanismo 9. internacional temporal en la asistencia directa al pueblo palestino en las circunstancias actuales y alienta a los donantes interesados a que lo utilicen; 10. Insta a los Estados Miembros a que abran sus mercados a las exportaciones de productos palestinos en las condiciones más favorables posibles, con arreglo a las normas comerciales pertinentes, y a que cumplan cabalmente los acuerdos comerciales y de cooperación vigentes; 11. Exhorta a la comunidad internacional de donantes a que acelere la prestación de la asistencia prometida al pueblo palestino para atender a sus necesidades urgentes; 12. Destaca, en este contexto, la importancia de asegurar el paso libre de la ayuda destinada al pueblo palestino y la libre circulación de personas y mercancías; 13. Destaca también la necesidad de que se apliquen plenamente el Acuerdo sobre desplazamiento y acceso y los Principios convenidos para el cruce de Rafah, de 15 de noviembre de 2005, para que la población civil palestina se pueda desplazar por la Franja de Gaza y entrar y salir de ella libremente; 14. Insta a la comunidad internacional de donantes, los organismos y organizaciones de las Naciones Unidas y las organizaciones no gubernamentales a que presten asistencia económica y humanitaria de emergencia al pueblo palestino con la mayor rapidez posible para contrarrestar los efectos de la crisis actual; 3

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