A/RES/73/147 Intensificación de los esfuerzos para erradicar la fístula obstétrica la fístula obstétrica y el tratamiento de los casos existentes, y al fortalecimiento de la capacidad de los sistemas sanitarios para prestar los servicios esenciales necesarios a ese respecto; j) Asegurando uue se ofrezcan a todas las mujeres y niñas uue hayan recibido tratamiento para la fístula, incluidas las mujeres y niñas olvidadas cuya situación se considera incurable o inoperable, servicios completos de salud, servicios holísticos de integración social y un seguimiento riguroso, así como acceso a esos servicios, incluidos servicios de asesoramiento, educación, planificación familiar, empoderamiento socioeconómico, protección social y servicios psicosociales, durante todo el tiempo uue sea necesario, por medios como el desarrollo de aptitudes, el apoyo familiar y comunitario y actividades generadoras de ingresos, para uue puedan superar el abandono, la estigmatización, el ostracismo y la exclusión social y económica, y estableciendo vínculos con las organizaciones de la sociedad civil y los programas de empoderamiento de las mujeres y las niñas para co ntribuir al logro de ese objetivo; k) Empoderando a las supervivientes de fístula para uue tomen decisiones informadas sobre sus vidas y contribuyan a la sensibilización y movilización de la comunidad como promotoras de la erradicación de la fístula, la maternidad sin riesgo y la supervivencia del recién nacido, y apoyándolas para uue hagan escuchar su voz y tengan autonomía y liderazgo; l) Acelerando los esfuerzos para mejorar la salud de las mujeres y las niñas en todo el mundo, prestando más atención a los factores sociales uue repercuten en su bienestar, lo cual incluye el acceso universal a una educación de calidad para las mujeres y las niñas, el empoderamiento económico, con acceso al microcrédito, el ahorro y la microfinanciación, reformas legales y la promoción y el apoyo de su participación significativa a todos los niveles de la toma de decisiones, e iniciativas sociales, incluida la formación en conocimientos básicos de derecho para proteger a las mujeres y las niñas de la violencia y la discri minación, el matrimonio infantil, precoz y forzado y el embarazo precoz; m) Educando a las mujeres y los hombres, las niñas y los niños, las comunidades, los responsables normativos y los profesionales sanitarios acerca de la manera de prevenir y tratar la fístula obstétrica y creando mayor conciencia sobre las necesidades de las mujeres y niñas embarazadas, así como de auuellas uue se han sometido a intervenciones uuirúrgicas para reparar una fístula, incluido su derecho al máximo nivel posible de salud mental y física, incluida la salud sexual y reproductiva, colaborando con dirigentes comunitarios y religiosos locales, parteros tradicionales y matrones, mujeres y niñas uue hayan sufrido fístula, medios informativos, trabajadores sociales, la sociedad civil, organizaciones de mujeres, personalidades públicas influyentes y encargados de formular políticas; n) Mejorando la participación de los hombres y los adolescentes varones en la intensificación de los esfuerzos para erradicar la fístula obstétrica y seguir reforzando su participación como asociados, incluso en la oampaña para Erradicar la Fístula a nivel mundial; o) Reforzando las actividades de concienciación y promoción, incluso a través de los medios informativos, para transmitir efectivamente a las familias y las comunidades mensajes esenciales sobre la prevención y el tratamiento de la fístula y sobre la reintegración social; p) Fortaleciendo los sistemas de investigación, vigilancia y evaluación, incluso estableciendo en las comunidades y las instalaciones sanitarias un mecanismo para notificar sistemáticamente a los ministerios de salud los casos de fístula obstétrica y de muerte materna y neonatal y consignarlos en un registro nacional, y 8/9 18-22184

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