A/RES/56/124
integridad territorial de los Estados, el principio de no intervención en los asuntos
internos de los Estados y el respeto de todos los derechos humanos y libertades
fundamentales;
2.
Exhorta a todos los Estados a que adopten nuevas medidas para
promover una cooperación eficaz en los planos internacional y regional en la lucha
contra el problema mundial de las drogas, con objeto de contribuir a crear un
ambiente propicio para lograr ese fin, sobre la base de los principios de la igualdad
de derechos y el respeto mutuo;
3.
Insta a todos los Estados a que ratifiquen la Convención Única de 1961
sobre Estupefacientes, modificada por el Protocolo de 1972 11, el Convenio sobre
Sustancias Sicotrópicas de 1971 10 y la Convención de las Naciones Unidas contra el
Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas de 1988 12 o se adhieran
a ellos, y a que apliquen todas sus disposiciones;
II
Cooperación internacional en la lucha contra el problema mundial de las drogas
1.
Insta a todos los Estados a que adopten medidas apropiadas para encarar
el problema de la relación entre el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras y el
tráfico ilícito de estupefacientes, entre otras cosas, mediante una mayor cooperación
internacional y la plena aplicación del Programa de Acción para prevenir, combatir
y eliminar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos 5 ;
2.
Observa complacida que en la Declaración del Milenio13 se renovó el
compromiso de luchar contra el problema mundial de las drogas;
3.
Exhorta a las autoridades competentes en los planos internacional, regional
y nacional a que apliquen los resultados del vigésimo período extraordinario de
sesiones, dentro de los plazos convenidos, en particular las medidas prácticas de gran
prioridad a nivel internacional, regional o nacional que se indiquen en la Declaración
política1, el Plan de Acción2 para la aplicación de la Declaración sobre los
principios rectores de la reducción de la demanda de drogas3 y las Medidas de
fomento de la cooperación internacional en la lucha contra el problema mundial de
las drogas 4, incluido el Plan de Acción para combatir la fabricación ilícita, el tráfico
y el uso indebido de estimulantes de tipo anfetamínico y sus precursores 14, las
medidas para prevenir la fabricación, la importación, la exportación, la distribución,
la desviación y el tráfico ilícitos de precursores utilizados en la fabricación ilícita de
estupefacientes y sustancias sicotrópicas 15, las medidas para promover la
cooperación judicial 16, las medidas contra el blanqueo de dinero 17 y el Plan de
Acción sobre cooperación internacional para la erradicación de los cultivos ilícitos
para la producción de drogas y desarrollo alternativo 8 ;
_______________
11
Ibíd., vol. 976, No. 14152.
Véase Documentos Oficiales de la Conferencia de las Naciones Unidas para la Aprobación de una
Convención contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, Viena, 25 de noviembre
a 20 de diciembre de 1988, vol. I (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.94.XI.5).
13
Véase la resolución 55/2.
14
Resolución S-20/4 A.
15
Véase resolución S-20/4 B.
16
Resolución S-20/4 C.
17
Resolución S-20/4 D.
12
5