Fortalecimiento de la coordinación de la asistencia humanitaria de emergencia que prestan las Naciones Unidas A/RES/68/102 humanitaria por medios como la supervisión y evaluación del suministro de su asistencia humanitaria, la incorporación de las enseñanzas obtenidas en la programación y las consultas con la población afectada para que se atiendan debidamente sus necesidades; 31. Exhorta a los donantes a que aporten recursos suficientes, oportunos, previsibles y flexibles, basados en la evaluación de las necesidades y en proporción con ellas, en particular para las situaciones de emergencia sin financiación suficiente y olvidadas, consideren la posibilidad de asumir compromisos tempranos y multianuales en materia de financiación humanitaria común y continúen apoyando diversos cauces de financiación humanitaria, alienta a que se procure aplicar los Principios y buena gestión de las donaciones humanitarias 6 y, a que se reparta mejor la carga entre los donantes y, a este respecto, alienta al sector privado, la sociedad civil y demás entidades pertinentes a que hagan contribuciones apropiadas que complementen las de otras fuentes; 32. Exhorta a todos los Estados Miembros que estén en condiciones de hacerlo a que aumenten sus contribuciones voluntarias a las situaciones de emergencia humanitaria, y, en este contexto, reitera que la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios debería tener una financiación suficiente y más previsible; 33. Acoge con beneplácito los importantes logros conseguidos por el Fondo Central para la Acción en Casos de Emergencia al asegurar una respuesta más oportuna y predecible a las situaciones de emergencia humanitaria, destaca la importancia de seguir mejorando el funcionamiento del Fondo y, en ese sentido, alienta a los fondos, programas y organismos especializados de las Naciones Unidas a que examinen y evalúen, cuando sea necesario, sus políticas y prácticas en materia de alianzas con miras a asegurar la entrega oportuna de los recursos del Fondo a los asociados en la ejecución, a fin de asegurar que los recursos se utilicen de la manera más eficiente, eficaz, responsable y transparente posible; 34. Exhorta a todos los Estados Miembros, e invita al sector privado y a todas las personas e instituciones interesadas, a que estudien la posibilidad de aumentar sus contribuciones voluntarias al Fondo Central para la Acción en Casos de Emergencia, y pone de relieve que las contribuciones deberán sumarse a los compromisos actuales respecto de los programas humanitarios y no ir en detrimento de los recursos disponibles para la cooperación internacional en materia de desarrollo; 35. Alienta a los Estados Miembros, en cooperación con las organizaciones humanitarias pertinentes de las Naciones Unidas, a que se aseguren de que las necesidades humanitarias básicas de las poblaciones afectadas, incluidas la alimentación, la vivienda, la atención de la salud, el agua potable y la protección, se aborden como componentes de la respuesta humanitaria, entre otras cosas, mediante la aportación de recursos oportunos y suficientes, velando al mismo tiempo por que sus actividades de colaboración se ajusten por completo a los principios humanitarios; 36. Reafirma la obligación de todos los Estados y de las partes en conflictos armados de proteger a los civiles en esos conflictos de conformidad el derecho internacional humanitario e invita a los Estados a que promuevan cultura de protección, teniendo en cuenta las necesidades particulares de mujeres, los niños, las personas de edad y las personas con discapacidad; _______________ 6 8/10 A/58/99-E/2003/94, anexo II. los con una las

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