A/RES/60/225
Reconociendo la gran cantidad de dificultades a que se enfrentan los
supervivientes del genocidio cometido en 1994 en Rwanda, en particular los
huérfanos, las viudas y las víctimas de violencia sexual, que son más pobres y más
vulnerables como consecuencia del genocidio, especialmente las numerosas
víctimas de violencia sexual que quedaron infectadas por el VIH y desde entonces
han muerto o están gravemente enfermas de SIDA,
Firmemente convencida de la necesidad de devolver la dignidad a los
supervivientes del genocidio cometido en 1994 en Rwanda, lo cual contribuiría a
promover la reconciliación y la cicatrización de las heridas en Rwanda,
Encomiando el tremendo esfuerzo realizado por el Gobierno y el pueblo de
Rwanda y las organizaciones de la sociedad civil, así como las iniciativas
internacionales, para prestar apoyo con el fin de devolver la dignidad a los
supervivientes, en particular que el Gobierno de Rwanda destine anualmente el 5%
de su presupuesto nacional a prestar apoyo a los supervivientes del genocidio,
Pide al Secretario General que aliente a los organismos, fondos y
1.
programas competentes del sistema de las Naciones Unidas a que apliquen sin
demora la resolución 59/137;
Alienta a todos los Estados Miembros a que presten asistencia a los
2.
supervivientes del genocidio y otros grupos vulnerables de Rwanda en apoyo de la
presente resolución;
Expresa su agradecimiento por la asistencia para el desarrollo y el apoyo
3.
a la reconstrucción y rehabilitación de Rwanda tras el genocidio de 1994, e insta a
los Estados Miembros a que sigan prestando apoyo al desarrollo de Rwanda, entre
otros medios por conducto de programas que se enmarquen en la estrategia de
reducción de la pobreza;
Insta a los Estados Miembros a que elaboren programas educativos que
4.
inculquen en las generaciones futuras las enseñanzas del genocidio de Rwanda con
el fin de ayudar a prevenir actos de genocidio en el futuro;
Pide al Secretario General que establezca un programa de información
5.
titulado “El genocidio de Rwanda y las Naciones Unidas” y que adopte medidas
para movilizar a la sociedad civil en pro del recuerdo de las víctimas y la educación
sobre el genocidio de Rwanda, con el fin de ayudar a prevenir actos de genocidio en
el futuro, y que informe a la Asamblea General sobre el establecimiento del
programa en un plazo de seis meses a contar desde la fecha de aprobación de la
presente resolución;
Pide también al Secretario General que, habida cuenta de la crítica
6.
situación en que se encuentran los supervivientes del genocidio cometido en 1994
en Rwanda, en particular los huérfanos, las viudas y las víctimas de violencia
sexual, adopte todas las medidas necesarias y viables para dar aplicación a la
presente resolución, y le informe al respecto en su sexagésimo segundo período de
sesiones;
Pide a la Mesa que considere la posibilidad de incluir en el programa del
7.
sexagésimo segundo período de sesiones de la Asamblea General un tema adicional
2
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