A/RES/52/171 Página 2 Teniendo presente que la prevención, la preparación y la planificación de imprevistos para casos de emergencia en el plano mundial depende, en su mayor parte, de que aumente la capacidad de respuesta local y nacional y de la disponibilidad de recursos financieros, tanto en el plano interno como en el internacional, 1. Toma nota del informe del Secretario General1, preparado en cumplimiento de su resolución 50/19, acerca de la participación de voluntarios, los "Cascos Blancos", en las actividades de las Naciones Unidas en la esfera del socorro humanitario, la rehabilitación y la cooperación técnica para el desarrollo; 2. Alienta las medidas voluntarias en los planos nacional y regional para poner a disposición del sistema de las Naciones Unidas, por conducto de los Voluntarios de las Naciones Unidas, cuerpos nacionales de voluntarios como los Cascos Blancos en calidad de equipos de reserva, de conformidad con los procedimientos y las prácticas aceptados de las Naciones Unidas, con el fin de proporcionar recursos humanos y técnicos especializados para las actividades de socorro de emergencia y rehabilitación; 3. Expresa su reconocimiento por los encomiables avances realizados por la iniciativa de los Cascos Blancos, que constituye un nuevo esfuerzo internacional de carácter voluntario para poner a disposición del sistema de las Naciones Unidas especialistas voluntarios capaces de responder en forma rápida y coordinada a las necesidades de socorro humanitario, rehabilitación, reconstrucción y desarrollo, preservando al mismo tiempo la índole no política, neutral e imparcial de la acción humanitaria; 4. Reconoce que los Cascos Blancos, en su calidad de colaboradores en las operaciones de los Voluntarios de las Naciones Unidas, constituyen un mecanismo que pone a disposición del sistema de las Naciones Unidas equipos homogéneos capacitados e identificados previamente, en apoyo de las actividades de socorro inmediato, rehabilitación, reconstrucción y desarrollo, en vista de que el número, la magnitud y la complejidad de los desastres naturales y otras situaciones de emergencia son cada vez mayores; 5. Exhorta a los Estados a que promuevan la facilitación de actividades de colaboración entre el sistema de las Naciones Unidas y la sociedad civil, por conducto de los cuerpos nacionales de voluntarios, a fin de reforzar la capacidad de las Naciones Unidas de hacer frente con rapidez y eficacia a las situaciones de emergencia humanitaria; 6. Alienta a los Estados a que establezcan sus respectivos centros nacionales de coordinación de los Cascos Blancos y les presten apoyo a fin de seguir proporcionando al sistema de las Naciones Unidas una red mundial accesible de servicios de respuesta rápida en casos de emergencia humanitaria; 7. Invita a los Estados y al sistema de las Naciones Unidas a que estudien medios de asegurar la integración de la iniciativa de los Cascos Blancos en las actividades de sus programas, especialmente las relacionadas con la asistencia humanitaria y la asistencia de socorro de emergencia; 8. Invita al Secretario General a que estudie la posibilidad de utilizar a los Cascos Blancos como recurso para prevenir y mitigar los efectos de las situaciones de emergencia y de las situaciones de emergencia humanitaria posteriores a los conflictos y, en este contexto, mantener una estructura adecuada para las funciones de enlace de los Cascos Blancos, teniendo en cuenta el proceso de reformas en curso; 1 A/52/586. /...

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