A/RES/70/219
La mujer en el desarrollo
administrativo sean receptivos a las cuestiones de género, a que proporcionen
asesoramiento jurídico a las mujeres que intentan reclamar sus derechos, a que
apoyen la labor de los grupos y redes de mujeres y a que realicen campañas de
concienciación a fin de llamar la atención sobre la necesidad de garantizar la
igualdad de derechos de las mujeres a la tierra y otros bienes;
41. Reconoce la necesidad de fomentar economías dinámicas, sostenibles,
innovadoras y centradas en las personas promoviendo el empleo de los jóvenes y el
empoderamiento económico de las mujeres, en particular, y el trabajo decente para
todos, y de velar por que las reglamentaciones del mercado de trabajo y las
disposiciones de carácter social creen condiciones más equitativas para las mujeres,
entre otras cosas, promulgando leyes sobre el salario mínimo y haciéndolas cumplir,
eliminando las prácticas discriminatorias en materia salarial y promoviendo
medidas, como los programas de obras públicas, a fin de que las mujeres sean
capaces de hacer frente a las crisis recurrentes y al desempleo prolongado;
42. Reconoce también la necesidad de empoderar económica y políticamente
a las mujeres, en particular a las mujeres y las niñas pobres, y, a este respecto,
alienta a los gobiernos a que, con el apoyo de sus asociados para el d esarrollo,
inviertan en proyectos de infraestructura y otros proyectos adecuados, como
proyectos de abastecimiento de agua y saneamiento en las zonas rurales y los
barrios marginales de las zonas urbanas, a fin de mejorar la salud y el bienestar y
aliviar la carga de trabajo de las mujeres y las niñas para que puedan dedicar tiempo
y energía a otras actividades productivas, incluida la actividad empresarial;
43. Expresa profunda preocupación por el hecho de que la falta de
instalaciones adecuadas de saneamiento afecta de manera desproporcionada a las
mujeres y las niñas, en particular en las tasas de participación en la fuerza de trabajo
y en la escuela, y aumenta su vulnerabilidad ante la violencia y, a este respecto, pide
que se redoblen los esfuerzos encaminados a hacer realidad el acceso al saneamiento
para todos y a poner fin a la defecación al aire libre, prestando especial atención a
las mujeres y las niñas;
44. Reconoce la función central que desempeña la agricultura en el desarrollo
y destaca la importancia de examinar las políticas y estrategias agrícolas para que se
reconozca el papel decisivo que desempeña la mujer en la seguridad alimentaria y la
nutrición y se considere parte inseparable de las respuestas a corto y largo plazo a la
inseguridad alimentaria, la malnutrición, la excesiva volatilidad de los precios y las
crisis alimentarias en los países en desarrollo;
45. Reafirma la necesidad prioritaria de poner fin al hambre y lograr la
seguridad alimentaria y de eliminar todas las formas de malnutrición y, a ese
respecto, reafirma el carácter inclusivo del Comité de Seguridad Alimentaria
Mundial, acoge con beneplácito la Declaración de Roma sobre la Nutrición y el
Marco de Acción 30, y reafirma también el compromiso de dedicar recursos a
desarrollar las zonas rurales y la agricultura y la pesca sostenibles, prestando apoyo
a los pequeños agricultores, especialmente las agricultoras, a los ganaderos y a los
pescadores de los países en desarrollo, en particular los países menos adelantados;
46. Reconoce la función y contribución decisivas de las mujeres de zonas
rurales, incluidas las pequeñas productoras y las agricultoras, y de las mujeres
indígenas y las mujeres de las comunidades locales, así como de sus conocimientos
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Organización Mundial de la Salud, documento EB136/8, anexos I y II.
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