La mujer en el desarrollo A/RES/70/219 Teniendo presentes los retos y obstáculos que se oponen a un cambio de las actitudes discriminatorias y los estereotipos de género que perpetúan la discriminación contra las mujeres y las niñas y los roles estereotípicos del hombre y la mujer, y destacando que subsisten retos y obstáculos en la aplicación de las disposiciones y normas internacionales para eliminar la desigualdad entre los géneros, Reconociendo que la erradicación de la pobreza y el logro y mantenimiento de la paz se refuerzan mutuamente, y reconociendo también que la paz está vinculada de manera indisoluble a la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer y al desarrollo, Destacando la importancia de la inclusividad en el sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo y de que ningún país se quede atrás en la aplicación de la presente resolución, 1. Toma nota del informe del Secretario General 27; 2. Exhorta a los Estados Miembros, al sistema de las Naciones Unidas y a otras organizaciones internacionales y regionales, en el marco de sus mandatos respectivos, y a todos los sectores de la sociedad civil, incluidas las organizaciones no gubernamentales, así como a todas las mujeres y todos los hombres, a que se comprometan plenamente con la aplicación y el seguimiento de la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing 4 , los resultados del vigésimo tercer período extraordinario de sesiones de la Asamblea General 5 y el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo 6, e intensifiquen sus contribuciones a tal efecto; 3. Reconoce que en 2015 se cumplió el vigésimo aniversario de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer y de la aprobación de la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing y, a este respecto, acoge con beneplácito las actividades de examen llevadas a cabo por los gobiernos, observa las contribuciones de todos los demás interesados pertinentes y los resultados de ese examen, y acoge con beneplácito el papel central que desempeñó la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento d e las Mujeres (ONU-Mujeres) en la prestación de apoyo a los Estados Miembros, en la coordinación del sistema de las Naciones Unidas y en la movilización de la sociedad civil, el sector privado y otros interesados competentes, a todos los niveles, en apoyo del examen y la evaluación de la aplicación de la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing; 4. Reconoce también la importancia de la plena participación de los hombres y los niños para lograr la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres y las niñas, y se compromete a adoptar medidas para lograr que los hombres y niños participen en los esfuerzos por lograr la aplicación plena, efectiva y acelerada de la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing; 5. Reconoce además la interacción existente entre la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas y la erradicación de la pobreza, así como la necesidad de elaborar y aplicar, según proceda, en consulta con todas las partes interesadas pertinentes, estrategias a mplias de erradicación de la pobreza que tengan en cuenta las cuestiones de género y aborden problemas sociales, estructurales y macroeconómicos; _______________ 27 A/70/256. 7/17

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