A/RES/59/96
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
10 de diciembre de 2004
Quincuagésimo noveno período de sesiones
Tema 66 h) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 3 de diciembre de 2004
[sobre la base del informe de la Primera Comisión (A/59/460)]
59/96. Medidas de fomento de la confianza en el plano regional:
actividades del Comité Consultivo Permanente de las
Naciones Unidas encargado de las cuestiones de seguridad
en el África central
La Asamblea General,
Teniendo presentes los propósitos y principios de las Naciones Unidas y su
responsabilidad primordial de mantener la paz y la seguridad internacionales, de
conformidad con la Carta de las Naciones Unidas,
Recordando sus resoluciones 43/78 H y 43/85, de 7 de diciembre de 1988, 44/21,
de 15 de noviembre de 1989, 45/58 M, de 4 de diciembre de 1990, 46/37 B, de 6 de
diciembre de 1991, 47/53 F, de 15 de diciembre de 1992, 48/76 A, de 16 de diciembre
de 1993, 49/76 C, de 15 de diciembre de 1994, 50/71 B, de 12 de diciembre de 1995,
51/46 C, de 10 de diciembre de 1996, 52/39 B, de 9 de diciembre de 1997, 53/78 A,
de 4 de diciembre de 1998, 54/55 A, de 1° de diciembre de 1999, 55/34 B, de 20 de
noviembre de 2000, 56/25 A, de 29 de noviembre de 2001, 57/88, de 22 de noviembre de
2002, y 58/65, de 8 de diciembre de 2003,
Considerando la importancia y la eficacia de las medidas de fomento de la
confianza adoptadas por iniciativa de todos los Estados interesados y con su
participación, y teniendo en cuenta las características propias de cada región, en vista
de que esas medidas pueden contribuir a la estabilidad regional y a la paz y la
seguridad internacionales,
Convencida de que los recursos liberados por el desarme, incluido el desarme
regional, pueden destinarse al desarrollo económico y social y a la protección del medio
ambiente en beneficio de todos los pueblos, en particular los de los países en desarrollo,
Recordando las directrices para el desarme general y completo aprobadas en su
décimo período extraordinario de sesiones, primer período extraordinario de sesiones
dedicado al desarme,
Convencida de que el desarrollo sólo puede alcanzarse en un clima de paz,
seguridad y confianza mutua, tanto dentro de los Estados como entre ellos,
Teniendo presente que el 28 de mayo de 1992 el Secretario General estableció el
Comité Consultivo Permanente de las Naciones Unidas encargado de las cuestiones de
seguridad en el África central, cuya función es promover la limitación de los
armamentos, el desarme, la no proliferación y el desarrollo en la subregión,
04-48205
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