A/RES/74/19 Los océanos y el derecho del mar de Asistencia de las Naciones Unidas para la Enseñanza, el Estudio, la Difusió n y una Comprensión Más Amplia del Derecho Internacional 33; 52. Expresa su aprecio a los Estados que han hecho aportaciones al fondo fiduciario de contribuciones voluntarias para la Beca Conmemorativa Hamilton Shirley Amerasinghe sobre el Derecho del Mar, observa que la situación financiera de la Beca sigue siendo crítica y que se necesitan urgentemente contribuciones para que se pueda conceder al menos una beca al año, expresa su compromiso de seguir promoviendo la importancia de la Beca e insta a los Estados, las instituciones financieras internacionales, los organismos donantes, las organizaciones intergubernamentales, las organizaciones no gubernamentales y las personas físicas y jurídicas a que hagan contribuciones financieras voluntarias en apoyo de la Beca; 53. Reconoce con aprecio que el Programa de Becas de las Naciones Unidas y The Nippon Foundation del Japón y el nuevo Programa Océanos Sostenibles de las Naciones Unidas y The Nippon Foundation, que comprende becas para necesidades fundamentales, becas temáticas y un programa de formación para reforzar la capacidad en el contexto de la conferencia intergubernamental sobre un instrumento internacional jurídicamente vinculante en el marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar relativo a la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica marina de las zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional, contribuyen de manera importante a desarrollar los recursos humanos de los Estados Miembros, especialmente los Estados Miembros en desarrollo, en la esfera de los asuntos oceánicos y el derecho del mar y las disciplinas conexas, así como a fomentar las interrelaciones mundiales y seguir creando capacidad mediante el programa de exbecarios; 54. Alienta a las organizaciones internacionales competentes, al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y a las instituciones financieras y los fondos internacionales a que consideren la posibilidad de ampliar sus programas, dentro de sus respectivas esferas de competencia, para prestar asistencia a los países en desarrollo y a que coordinen sus esfuerzos, y reconoce los recursos financieros procedentes del Fondo para el Medio Ambiente Mundial, así como otros fondos asignados a proyectos relacionados con los océanos; III Reunión de los Estados Partes 55. Observa con satisfacción que la 29ª Reunión de los Estados Partes en la Convención conmemoró el 25º aniversario de la entrada en vigor de la Convención, y acoge con beneplácito el informe de la Reunión 5 ; 56. Solicita al Secretario General que organice la 30ª Reunión de los Estados Partes en la Convención del 15 al 19 de junio de 2020, con servicios de conferencias completos, incluidos servicios de documentación, según sea necesario; IV Solución pacífica de controversias 57. Observa con satisfacción la significativa contribución que sigue haciendo el Tribunal a la solución pacífica de controversias de conformidad con la Parte XV de la Convención, y subraya la importante función y autoridad del Tribunal respecto de la interpretación o la aplicación de la Convención y el Acuerdo relativo a la Parte XI; __________________ 33 16/63 Resoluciones 69/117, párr. 8, 70/116, párr. 4, 71/139, párr. 7, 72/115, párrs. 7 y 8 y 73/201, párr.7. 19-21313

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