A/RES/51/241 Página 3 4. La introducción de la memoria del Secretario General sobre la labor de la Organización debería consistir en un resumen ejecutivo en que se destacaran las cuestiones principales. 5. La parte principal de la memoria será amplia, informativa y analítica, de manera que los Estados Miembros puedan examinar y evaluar, entre otras cosas, mediante las deliberaciones sobre ésta, la medida en que se han cumplido los mandatos establecidos por la Asamblea General, y para que los Estados Miembros establezcan prioridades en el contexto de las principales cuestiones políticas, económicas y sociales, administrativas y financieras del programa de trabajo de la Asamblea. 6. En su memoria sobre la labor de la Organización, el Secretario General incluirá una nueva sección orientada hacia el futuro, en la que se describirán los objetivos concretos de la Secretaría para el año siguiente en el contexto del plan de trabajo de la Organización correspondiente a ese año, teniéndose en cuenta el plan de mediano plazo y el hecho de que la responsabilidad de establecer prioridades incumbe a los Estados Miembros. 7. La memoria del Secretario General sobre la labor de la Organización se examinará en sesiones plenarias de la Asamblea General inmediatamente después del debate general. El Presidente de la Asamblea debería evaluar el debate sobre este tema. A la luz de esa evaluación deberían celebrarse consultas oficiosas, presididas por el Presidente o uno de los Vicepresidentes de la Asamblea, para examinar las medidas que podría adoptar la Asamblea sobre la base del debate relativo a la memoria. 8. La Asamblea General en sesión plenaria puede remitir partes de la memoria para que se examinen de forma más detallada en algunas de las Comisiones Principales. 9. La memoria del Secretario General sobre la labor de la Organización deberá incluir, entre otras cosas, un anexo analítico conciso en que se indiquen los gastos por programas y actividades principales de todos los órganos del sistema de las Naciones Unidas, con sede en Nueva York o en otro lugar, de conformidad con sus mandatos, a fin de dar a los Estados Miembros una visión amplia del conjunto de cuestiones a nivel de todo el sistema. 10. Se pide al Secretario General que presente oralmente la memoria en un momento oportuno en relación con el tema del programa titulado "Memoria del Secretario General sobre la labor de la Organización". III. EXAMEN POR LA ASAMBLEA GENERAL DEL INFORME DEL CONSEJO DE SEGURIDAD 11. El tema del programa titulado "Informe del Consejo de Seguridad" deberá seguir examinándose en sesiones plenarias de la Asamblea General. 12. El Presidente de la Asamblea General deberá evaluar las deliberaciones sobre ese tema y determinar si es necesario que el informe del Consejo de Seguridad se examine más a fondo. Sobre la base de esa evaluación deberán celebrarse consultas oficiosas, después del debate en sesiones plenarias, bajo la presidencia del Presidente o de uno de los Vicepresidentes de la Asamblea, para examinar la necesidad y el contenido de las medidas que la Asamblea hubiera de adoptar sobre la base del debate. /...

Sélectionner le paragraphe cible3