A/RES/57/210 6. Acoge con satisfacción el aumento de los intercambios entre las Naciones Unidas y los órganos creados por las Naciones Unidas en virtud de los tratados relativos a los derechos humanos, por una parte, y las organizaciones intergubernamentales regionales, tales como el Consejo de Europa, la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos y otras instituciones regionales, por la otra; 7. Acoge también con satisfacción el nombramiento por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos de cuatro personalidades en la esfera de los derechos humanos para que presten servicios como asesores regionales, que desempeñarán un papel importante en la promoción y la acción en favor de los derechos humanos mediante la formulación de estrategias y el fomento de la colaboración en pro de los derechos humanos, facilitarán la coordinación de la cooperación técnica en la esfera de los derechos humanos a nivel regional y prestarán asistencia para la cooperación regional entre, por ejemplo, instituciones nacionales, órganos parlamentarios de derechos humanos, colegios de abogados y organizaciones no gubernamentales; 8. Acoge además con satisfacción el hecho de que la Oficina del Alto Comisionado haya enviado representantes regionales a subregiones y a comisiones regionales para poder mantener una colaboración más estrecha con los Estados, las organizaciones internacionales y regionales y las organizaciones no gubernamentales; 9. Recuerda a ese respecto la experiencia positiva adquirida con la presencia regional y subregional en el África meridional, central, oriental y occidental; 10. Observa con interés los resultados obtenidos por los diálogos regionales africanos celebrados en Ginebra y Arusha (República Unida de Tanzanía) del 5 al 7 de noviembre de 2001 y del 24 al 26 de mayo de 2002, respectivamente, al impartir orientación a gobiernos, organizaciones regionales y organizaciones no gubernamentales y estrechar los vínculos con la Unión Africana y otras organizaciones subregionales y, a ese respecto, observa con reconocimiento el Acta Constitutiva de la Unión Africana, en especial su artículo 4, en que se señala que la Unión funcionará con arreglo a varios principios, entre ellos la promoción de la igualdad entre los géneros y el respeto de los principios democráticos, los derechos humanos, el Estado de derecho y el buen gobierno; 11. Observa también con interés que los seminarios noveno y décimo sobre cooperación regional para la promoción y protección de los derechos humanos en la región de Asia y el Pacífico, celebrados en Bangkok del 28 de febrero al 2 de marzo de 2001 y en Beirut del 4 al 6 de marzo de 2002, respectivamente, dieron lugar a un creciente y valioso intercambio de experiencias nacionales concretas sobre la aplicación del Programa Marco de Cooperación Técnica Regional para la Región de Asia y el Pacífico, que contribuye a aumentar la promoción y protección de los derechos humanos en la región; 12. Toma nota con interés del Programa Marco de Quito de Cooperación Técnica en la esfera de los derechos humanos, que sirve de base para la estrategia regional de la Oficina del Alto Comisionado y tiene como objetivo el aumento de la capacidad nacional para la promoción de los derechos humanos en América Latina y el Caribe, y, a este respecto, observa con satisfacción la reunión sobre la aplicación del sistema de órganos creados en virtud de tratados celebrada en Quito en agosto de 2002; 3

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