A/RES/64/162 11. Acoge con beneplácito que el Representante del Secretario General siga utilizando los Principios Rectores en su diálogo con gobiernos, organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales y otros actores pertinentes, y le solicita que prosiga su labor para incrementar la difusión, promoción y aplicación de los Principios Rectores y para apoyar las iniciativas destinadas a promover el fortalecimiento de la capacidad y la utilización de esos Principios, así como la elaboración de leyes y políticas nacionales; 12. Alienta a los Estados a que sigan elaborando y aplicando leyes y políticas nacionales que se ocupen de todas las etapas de los desplazamientos, en forma inclusiva y no discriminatoria, incluso mediante el establecimiento en el seno del gobierno de un coordinador nacional para las cuestiones relativas a los desplazamientos internos y mediante la asignación de recursos presupuestarios, y alienta a la comunidad internacional y a los actores nacionales a que colaboren con los gobiernos y les presten apoyo financiero a este respecto cuando lo soliciten; 13. Expresa su aprecio porque cada vez más Estados han aprobado leyes y políticas nacionales que se ocupan de todas las etapas de los desplazamientos; 14. Insta a todos los gobiernos a que sigan facilitando las actividades del Representante del Secretario General, en particular los gobiernos en cuyos países hay desplazados internos, y a que respondan favorablemente a las solicitudes del Representante para realizar visitas, de manera que pueda continuar y mejorar el diálogo con los gobiernos sobre la forma de abordar las situaciones de desplazamiento interno, y agradece a los gobiernos que ya lo han hecho; 15. Invita a los gobiernos a que consideren detenidamente, mediante un diálogo con el Representante del Secretario General, las recomendaciones y sugerencias que les haga de conformidad con su mandato y lo informen de las medidas que tomen al respecto; 16. Exhorta a los gobiernos a que proporcionen protección y asistencia, incluso asistencia para la reintegración y el desarrollo, a los desplazados internos y a que faciliten las actividades de los organismos de las Naciones Unidas y las organizaciones humanitarias competentes a ese respecto, incluso mejorando el acceso a los desplazados internos, y manteniendo el carácter civil y humanitario de los campamentos y asentamientos para los desplazados internos allí donde existan; 17. Pone de relieve el papel fundamental que desempeña el Coordinador del Socorro de Emergencia en la coordinación interinstitucional de la protección y la asistencia que se proporciona a los desplazados internos, acoge con beneplácito las iniciativas que se siguen adoptando a fin de garantizar mejores estrategias de protección, asistencia y desarrollo para los desplazados internos, así como una mejor coordinación de las actividades a su respecto, y pone de relieve la necesidad de reforzar la capacidad de las organizaciones de las Naciones Unidas y otros actores pertinentes para hacer frente a las inmensas dificultades humanitarias que entrañan los desplazamientos internos; 18. Alienta a todas las organizaciones de las Naciones Unidas y a las organizaciones de asistencia humanitaria, derechos humanos y desarrollo competentes a que aumenten su colaboración y coordinación, por medio del Comité Permanente entre Organismos y los equipos de las Naciones Unidas en los países en que haya situaciones de desplazamiento interno, y a que presten toda la asistencia y todo el apoyo posibles al Representante del Secretario General, y solicita que el Representante continúe participando en la labor del Comité Permanente entre Organismos y sus órganos subsidiarios; 5

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