A/RES/64/162
11. Acoge con beneplácito que el Representante del Secretario General siga
utilizando los Principios Rectores en su diálogo con gobiernos, organizaciones
intergubernamentales y no gubernamentales y otros actores pertinentes, y le solicita
que prosiga su labor para incrementar la difusión, promoción y aplicación de los
Principios Rectores y para apoyar las iniciativas destinadas a promover el
fortalecimiento de la capacidad y la utilización de esos Principios, así como la
elaboración de leyes y políticas nacionales;
12. Alienta a los Estados a que sigan elaborando y aplicando leyes y políticas
nacionales que se ocupen de todas las etapas de los desplazamientos, en forma
inclusiva y no discriminatoria, incluso mediante el establecimiento en el seno del
gobierno de un coordinador nacional para las cuestiones relativas a los
desplazamientos internos y mediante la asignación de recursos presupuestarios, y
alienta a la comunidad internacional y a los actores nacionales a que colaboren con
los gobiernos y les presten apoyo financiero a este respecto cuando lo soliciten;
13. Expresa su aprecio porque cada vez más Estados han aprobado leyes y
políticas nacionales que se ocupan de todas las etapas de los desplazamientos;
14. Insta a todos los gobiernos a que sigan facilitando las actividades del
Representante del Secretario General, en particular los gobiernos en cuyos países
hay desplazados internos, y a que respondan favorablemente a las solicitudes del
Representante para realizar visitas, de manera que pueda continuar y mejorar el
diálogo con los gobiernos sobre la forma de abordar las situaciones de
desplazamiento interno, y agradece a los gobiernos que ya lo han hecho;
15. Invita a los gobiernos a que consideren detenidamente, mediante un
diálogo con el Representante del Secretario General, las recomendaciones y
sugerencias que les haga de conformidad con su mandato y lo informen de las
medidas que tomen al respecto;
16. Exhorta a los gobiernos a que proporcionen protección y asistencia,
incluso asistencia para la reintegración y el desarrollo, a los desplazados internos y a
que faciliten las actividades de los organismos de las Naciones Unidas y las
organizaciones humanitarias competentes a ese respecto, incluso mejorando el
acceso a los desplazados internos, y manteniendo el carácter civil y humanitario de
los campamentos y asentamientos para los desplazados internos allí donde existan;
17. Pone de relieve el papel fundamental que desempeña el Coordinador del
Socorro de Emergencia en la coordinación interinstitucional de la protección y la
asistencia que se proporciona a los desplazados internos, acoge con beneplácito las
iniciativas que se siguen adoptando a fin de garantizar mejores estrategias de
protección, asistencia y desarrollo para los desplazados internos, así como una
mejor coordinación de las actividades a su respecto, y pone de relieve la necesidad
de reforzar la capacidad de las organizaciones de las Naciones Unidas y otros
actores pertinentes para hacer frente a las inmensas dificultades humanitarias que
entrañan los desplazamientos internos;
18. Alienta a todas las organizaciones de las Naciones Unidas y a las
organizaciones de asistencia humanitaria, derechos humanos y desarrollo
competentes a que aumenten su colaboración y coordinación, por medio del Comité
Permanente entre Organismos y los equipos de las Naciones Unidas en los países en
que haya situaciones de desplazamiento interno, y a que presten toda la asistencia y
todo el apoyo posibles al Representante del Secretario General, y solicita que el
Representante continúe participando en la labor del Comité Permanente entre
Organismos y sus órganos subsidiarios;
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