A/RES/53/235
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se extenderá más allá del período que se estipula en los párrafos 4.3 y 4.4 del Reglamento Financiero,
como se establece en el anexo de la presente resolución;
7. Decide que, en el caso de los Estados Miembros que hayan cumplido sus obligaciones
financieras respecto del Grupo de Observadores, se les acrediten las partes que les correspondan del saldo
no comprometido de 184.200 dólares en cifras brutas (140.500 dólares en cifras netas) en relación con el
período terminado el 31 de mayo de 1997 y la parte que les corresponda de los ingresos diversos de
68.983 dólares y los ingresos por concepto de intereses de 38.653 dólares;
8. Decide también que, en el caso de los Estados Miembros que no hayan cumplido sus
obligaciones financieras respecto del Grupo de Observadores, se deduzcan de sus obligaciones pendientes
de pago las partes que les correspondan del saldo no comprometido de 184.200 dólares en cifras brutas
(140.500 dólares en cifras netas) en relación con el período terminado el 31 de mayo de 1997, así como
las partes que les correspondan de los ingresos diversos de 68.983 dólares y de los ingresos por concepto
de intereses de 38.653 dólares;
9. Decide además transferir al Fondo de Reserva para el Mantenimiento de la Paz todo excedente
que pudiera quedar en la Cuenta Especial para el Grupo de Observadores Militares de la Misión de
Verificación de las Naciones Unidas en Guatemala tras la liquidación de las obligaciones pendientes;
10. Toma nota del informe del Secretario General sobre la disposición de los bienes del Grupo de
Observadores1;
11. Pide al Secretario General que vele por la seguridad de los bienes de las Naciones Unidas y por
el establecimiento de mecanismos de rendición de cuentas para prevenir la pérdida de bienes de las
Naciones Unidas y castigar a los responsables, y que le informe al respecto en su quincuagésimo cuarto
período de sesiones;
12. Observa con preocupación que no se ha cumplido lo dispuesto en su decisión 52/485, de 26 de
junio de 1998, y reitera que en todos los informes sobre la disposición definitiva de bienes se debe
proporcionar información y explicaciones detalladas sobre los artículos perdidos o pasados a pérdidas y
ganancias y la justificación detallada correspondiente;
13. Pide a la Junta de Auditores que lleve a cabo una auditoría del destino final dado a los bienes
del Grupo de Observadores, en particular los bienes vendidos y pasados a pérdidas y ganancias, y que
formule sus recomendaciones en el informe de comprobación de cuentas correspondiente al período
comprendido entre julio de 1998 y junio de 1999.
101a. sesión plenaria
8 de junio de 1999
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