A/RES/69/146 Seguimiento de la Segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento y políticas sanitarios y que la aplicación de esos programas y políticas sea periódicamente vigilada; 34. Alienta también a los Estados Miembros a que aprueben y hagan cumplir directrices que establezcan normas para la prestación de apoyo y asistencia a largo plazo a las personas de edad; 35. Recomienda que los gobiernos impliquen a las personas de edad y sus organizaciones en la formulación, aplicación y supervisión de las políticas y los programas que las afectan; 36. Alienta a la comunidad internacional, en particular los donantes internacionales y bilaterales, a que intensifique su cooperación en apoyo a las iniciativas nacionales encaminadas a erradicar la pobreza, en consonancia con los objetivos convenidos internacionalmente, a fin de que el apoyo social y económico a las personas de edad llegue a ser sostenible y adecuado, teniendo presente que cada país es el principal responsable de su propio desarrollo económico y social; 37. Alienta a la comunidad internacional a que apoye los esfuerzos de los países para forjar alianzas más firmes con la sociedad civil, incluidas las organizaciones de personas de edad, las instituciones académicas, las fundaciones de investigación, las organizaciones de base comunitaria, en particular los cuidadores, y el sector privado, a fin de ayudar a crear capacidad en cuestiones relativas al envejecimiento; 38. Alienta a la comunidad internacional y a los organismos competentes del sistema de las Naciones Unidas a que, en el marco de sus mandatos respectivos, apoyen los esfuerzos nacionales para aportar financiación a las iniciativas de investigación y de reunión de datos sobre el envejecimiento, según corresponda, a fin de comprender mejor los desafíos y las oportunidades que crea el envejecimiento de la población y proporcionar a los responsables de políticas información más precisa y específica sobre una perspectiva de género con relación al envejecimiento; 39. Reconoce la importante función que ejercen diversas organizaciones internacionales y regionales dedicadas a la capacitación, la creación de capacidad, la formulación de políticas y la supervisión a nivel nacional y regional para promover y facilitar la aplicación del Plan de Acción de Madrid, y reconoce también la labor que se está llevando a cabo en distintas partes del mundo, así como las iniciativas regionales y las actividades de institutos, como el Instituto Internacional sobre el Envejecimiento en Malta y el Centro Europeo de Políticas de Bienestar Social e Investigación en Viena; 40. Recomienda que los Estados Miembros reafirmen la función de los coordinadores de las Naciones Unidas en materia de envejecimiento, fomenten las iniciativas de cooperación técnica, amplíen el papel de las comisiones regionales en cuestiones de envejecimiento y continúen aportando recursos para esas actividades, faciliten la coordinación de las organizaciones no gubernamentales nacionales e internacionales sobre envejecimiento y refuercen la cooperación con las instituciones académicas en torno a un programa de investigación sobre el envejecimiento; 41. Reitera la necesidad de aumentar la capacidad a nivel nacional para promover y facilitar la continua aplicación del Plan de Acción de Madrid y los resultados del ciclo de examen y evaluación y, a ese respecto, alienta a los gobiernos a que presten apoyo al Fondo Fiduciario de las Naciones Unidas para el Envejecimiento a fin de que el Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de la Secretaría pueda prestar más asistencia a los países que la soliciten; 6/7

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