A/RES/74/177
Fortalecimiento del programa de las Naciones Unidas
en materia de prevención del delito y justicia penal,
en particular de su capacidad de cooperación técnica
respuestas pertinentes en el portal de gestión de conocimientos Intercambio de
Recursos Electrónicos y Legislación sobre Delincuencia;
9.
Acoge con beneplácito las decisiones de la Conferencia de las Partes en su
octavo período de sesiones, celebrado en Viena del 17 al 21 de octubre de 2016, de
promover una mayor utilización de la Convención por las autoridades centrales en lo
que respecta a la extradición y la asistencia judicial recíproca y aumentar la eficacia
de esas autoridades y fortalecer, según proceda, la aplicación del Protocolo contra la
Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, sus Piezas y Componentes y
Municiones, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la
Delincuencia Organizada Transnacional 25 ;
10. Insta a los Estados partes en la Convención de las Naciones Unidas contra
la Corrupción a que sigan prestando pleno apoyo al mecanismo de examen aprobado
por la Conferencia de los Estados Partes en la Convención de las Naciones Unidas
contra la Corrupción, observa los progresos realizados en el segundo ciclo del
Mecanismo de Examen de la Aplicación de la Convención, y observa también con
aprecio que el número de los Estados partes en la Convención es ahora de 186, lo cual
constituye una indicación significativa del compromiso demostrado por la comunidad
internacional de combatir la corrupción y los delitos conexos;
11. Insta también a los Estados partes en la Convención de las Naciones
Unidas contra la Corrupción a que intensifiquen sus esfuerzos y a que adopten
medidas para prevenir y combatir la corrupción, dedicando la debida atención a, entre
otras cosas, los actos de corrupción que entrañan vastas cantidades de activos, sin
menoscabo de su compromiso de prevenir y combatir la corrupción a todos los niveles
y en todas sus formas, y exhorta a los Estados partes en la Convención a que adopten
medidas para que las personas físicas y jurídicas rindan cuentas de los delitos de
corrupción, incluidos los que entrañan vastas cantidades de activos y casos de
soborno, de conformidad con la Convención;
12. Acoge con beneplácito los progresos alcanzados por la Conferencia de las
Partes en la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada
Transnacional y la Conferencia de los Estados Partes en la Convención de las
Naciones Unidas contra la Corrupción en el cumplimiento de sus mandatos
respectivos, y exhorta a los Estados partes a que apliquen plenamente las resoluciones
aprobadas por esos órganos, en particular mediante el suministro de información
respecto del cumplimiento de los tratados;
13. Alienta a los Estados Miembros a que fortalezcan la capacidad de sus
respectivos sistemas nacionales de justicia penal para investigar, enjuiciar y castigar
todas las formas de delincuencia, al tiempo que apoyan un sistema de justicia penal
eficaz, imparcial, humano y responsable y protegen los derechos humanos y las
libertades fundamentales de los acusados, así como los legítimos intereses de las
víctimas y los testigos, y a que adopten y refuercen medidas encaminadas a garantizar
el acceso a una asistencia jurídica eficaz en los sistemas de justicia penal y, en ese
contexto, toma nota del establecimiento en abril de 2018 de la Red Mundial de
Integridad Judicial;
14. Solicita a la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito
que siga proporcionando asistencia técnica a los Estados Miembros que la soliciten,
incluso en materia de cooperación internacional en asuntos penales, entre otros
ámbitos, para fortalecer el estado de derecho, teniendo también en cuenta la labor
realizada por otras entidades de las Naciones Unidas en el marco de sus mandatos,
así como las iniciativas regionales y bilaterales, y que siga asegurando la coordinación
y la coherencia, en particular por conducto del Grupo de Coordinación y Apoyo sobre
el Estado de Derecho;
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