A/RES/53/190 Página 3 2. Acoge con beneplácito también la decisión IV/16 adoptada por la Conferencia de las Partes en su cuarta reunión4 sobre la aprobación de los programas de trabajo y el enfoque temático adoptado para orientar su labor en el desarrollo del Convenio en el futuro previsible, incluido su examen a fondo de los ecosistemas; 3. Hace un llamamiento a los gobiernos para que, en cooperación con la Conferencia de las Partes, utilicen análisis basados en la ciencia para estudiar y supervisar rigurosamente la evolución de las nuevas tecnologías a fin de prevenir sus posibles efectos negativos en la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, lo que podría afectar a los agricultores y las comunidades locales; 4. Reconoce la importancia de que se apruebe un protocolo sobre la seguridad biológica en la reunión extraordinaria de la Conferencia de las Partes que se celebrará en 1999, o tan pronto como sea posible después de esa reunión; 5. Acoge con beneplácito la decisión IV/15, adoptada por la Conferencia de las Partes en su cuarta reunión4, en la cual destacó la necesidad de velar por que haya coherencia en la aplicación del Convenio y los acuerdos de la Organización Mundial del Comercio, incluido el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio, con miras a fomentar el aumento del apoyo mutuo y la integración de los problemas relativos a la diversidad biológica y la protección de los derechos de propiedad intelectual; 6. Reafirma lo dispuesto en el párrafo 10 de la decisión IV/15, en que la Conferencia de las Partes destacó que era necesario continuar los esfuerzos por llegar a un entendimiento común sobre la relación que existe entre los derechos de propiedad intelectual y las disposiciones pertinentes del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio y del Convenio sobre la Diversidad Biológica, especialmente sobre las cuestiones relacionadas con la transferencia de tecnología, la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, y la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados de la utilización de los recursos genéticos, incluida la protección de los conocimientos, las innovaciones y prácticas de las comunidades indígenas y locales que representan estilos de vida tradicionales que son pertinentes para la conservación y la utilización sostenible de la biodiversidad biológica; 7. Reconoce la importancia de aplicar el Convenio a todo nivel, incluso mediante la elaboración y la aplicación de estrategias, planes y programas nacionales, teniendo en cuenta la necesidad de obtener recursos financieros para apoyar la ejecución de las actividades, especialmente en los países en desarrollo, de conformidad con las disposiciones del Convenio y las decisiones de la Conferencia de las Partes; 8. Alienta a todos los Estados que aún no hayan ratificado el Convenio a que lo hagan cuanto antes; 9. Acoge con satisfacción la decisión IV/8, adoptada por la Conferencia de las Partes en su cuarta reunión4, en la que decidió establecer un grupo de expertos para que aplicara las disposiciones de la decisión; 10. Reconoce la importancia de adoptar medidas en el plano nacional para conservar la diversidad biológica en los diferentes hábitat, incluidos los bosques, las zonas pantanosas y las zonas costeras, de conformidad con las disposiciones pertinentes del Convenio, en particular el artículo 8, y la necesidad de movilizar apoyo nacional e internacional para poner en marcha las medidas nacionales; /...

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