A/RES/52/246
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12. Decide que, de conformidad con lo dispuesto en su resolución 973 (X), de 15 de diciembre de
1955, se deduzcan de las sumas resultantes del prorrateo entre los Estados Miembros indicado en el
párrafo 11 supra las partes que les correspondan, en el Fondo de Nivelación de Impuestos, de los ingresos
por concepto de contribuciones del personal, estimados en 625.400 dólares, aprobados para las Misiones
para el período comprendido entre el 1º de julio de 1997 y el 30 de junio de 1998;
13. Decide también que, en el caso de los Estados Miembros que hayan cumplido sus obligaciones
financieras respecto de la Misión de Apoyo, se deduzcan de las sumas resultantes del prorrateo indicado
en el párrafo 11 supra las partes que les correspondan del saldo no comprometido de 9.117.000 dólares
en cifras brutas (8.279.700 dólares en cifras netas) correspondiente al período terminado el 30 de junio
de 1997;
14. Decide asimismo que, en el caso de los Estados Miembros que no hayan cumplido sus
obligaciones financieras respecto de la Misión de Apoyo, se deduzcan de sus obligaciones pendientes de
pago las partes que les correspondan del saldo no comprometido de 9.117.000 dólares en cifras brutas
(8.279.700 dólares en cifras netas) correspondiente al período terminado el 30 de junio de 1997;
15. Decide consignar la suma de 17.704.685 dólares en cifras brutas (16.959.085 dólares en cifras
netas) para el mantenimiento de la Misión de Policía Civil durante el período comprendido entre el 1º de
julio de 1998 y el 30 de junio de 1999, que incluye la suma de 894.085 dólares para la cuenta de apoyo
para las operaciones de mantenimiento de la paz, y prorratearla entre los Estados Miembros, como medida
especial, con arreglo al procedimiento establecido en la presente resolución y mediante la aplicación de
la escala de cuotas para los años 1998 y 1999, establecida en su resolución 52/215 A;
16. Decide también que, de conformidad con lo dispuesto en su resolución 973 (X), se deduzcan de
las sumas resultantes del prorrateo entre los Estados Miembros indicado en el párrafo 15 supra las partes
que les correspondan, en el Fondo de Nivelación de Impuestos, de los ingresos por concepto de
contribuciones del personal, estimados en 745.600 dólares, aprobados para la Misión de Policía Civil para
el período comprendido entre el 1º de julio de 1998 y el 30 de junio de 1999;
17. Invita a que se hagan contribuciones voluntarias a la Misión de Policía Civil, tanto en efectivo
como en forma de servicios y suministros que sean aceptables para el Secretario General, las cuales se
administrarán, según proceda, con arreglo al procedimiento y las prácticas establecidos por la Asamblea
General;
18. Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo tercer período de sesiones un
tema titulado "Financiación de la Misión de Apoyo de las Naciones Unidas en Haití, la Misión de
Transición de las Naciones Unidas en Haití y la Misión de Policía Civil de las Naciones Unidas en Haití".
88a. sesión plenaria
26 de junio de 1998