A/RES/56/24 amenaza o el empleo de armas nucleares y de lograr su destrucción bajo un control internacional eficaz, Recordando la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia sobre la Legalidad de la amenaza o el empleo de las armas nucleares, dada a conocer el 8 de julio de 1996 5, Tomando nota de las partes pertinentes de la nota del Secretario General 63, relativas a la aplicación de la resolución 55/33 X, 1. Subraya una vez más la conclusión unánime de la Corte Internacional de Justicia de que existe la obligación de emprender de buena fe, y de concluir, negociaciones que desemboquen en el desarme nuclear en todos sus aspectos, bajo un estricto y eficaz control internacional; 2. Insta una vez más a todos los Estados a que cumplan inmediatamente esa obligación iniciando negociaciones multilaterales, en el año 2002, que conduzcan a la pronta conclusión de una convención por la que se prohíba el desarrollo, la producción, los ensayos, el despliegue, el almacenamiento, la transferencia, la amenaza o el empleo de armas nucleares y se prevea la eliminación de éstas; 3. Pide a todos los Estados que informen al Secretario General de los esfuerzos que hayan desplegado y de las medidas que hayan adoptado para aplicar la presente resolución y hacer realidad el desarme nuclear, y pide al Secretario General que le transmita esa información en su quincuagésimo séptimo período de sesiones; 4. Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo séptimo período de sesiones el tema titulado “Seguimiento de la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia sobre la Legalidad de la amenaza o el empleo de las armas nucleares”. 68ª sesión plenaria 29 de noviembre de 2001 T C OOPERACIÓN MULTILATERAL EN LA ESFERA DEL DESARME Y LA NO PROLIFERACIÓN Y ACCIÓN MUNDIAL CONTRA EL TERRORISMO La Asamblea General, Guiada por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, Recordando que en la Declaración del Milenio 6 se afirmó que la responsabilidad de hacer frente a las amenazas a la paz y la seguridad internacionales debía ser compartida por todas las naciones del mundo, Reconociendo que el desarme y la no proliferación son esenciales para el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, Subrayando que todas las resoluciones de la Asamblea General y del Consejo de Seguridad relativas al terrorismo, en particular las resoluciones de la Asamblea General 49/60, de 9 de diciembre de 1994, y 56/1, de 12 de septiembre de 2001, y las resoluciones del Consejo de Seguridad 1368 (2001), de 12 de septiembre de 2001, y 1373 (2001), de 28 de septiembre de 2001, demuestran la unidad y la _______________ 63 34 A/56/130 y Add.1.

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