A/RES/52/223
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iii) El mantenimiento en sus cargos hasta la terminación de sus casos de los magistrados que no
hayan sido reelegidos (párrafo 3 del Artículo 13 del Estatuto), siempre que los gastos no excedan
de 40.000 dólares en total;
iv) El pago de las pensiones y los gastos de viaje y mudanza de los magistrados que se jubilen, y
el pago de los gastos de viaje y mudanza y del subsidio de instalación de los miembros de la
Corte (párrafo 7 del Artículo 32 del Estatuto), siempre que los gastos no excedan de 180.000
dólares en total;
v)
Los trabajos de la Corte o de sus Salas fuera de La Haya (Artículo 22 del Estatuto), siempre que
los gastos no excedan de 50.000 dólares en total;
c) Los compromisos de gastos que el Secretario General certifique que son necesarios para la
adopción de medidas de seguridad entre organizaciones de conformidad con lo dispuesto en la sección IV
de la resolución 36/235 de la Asamblea General, de 18 de diciembre de 1981, siempre que no excedan
de 500.000 dólares en total en el bienio 1998-1999;
2. Resuelve que el Secretario General informe a la Comisión Consultiva y a la Asamblea General
en sus períodos de sesiones quincuagésimo tercero y quincuagésimo cuarto, de todos los compromisos de
gastos contraídos conforme a lo dispuesto en la presente resolución, así como de las circunstancias
pertinentes, y presente a la Asamblea las estimaciones complementarias relativas a tales compromisos;
3. Decide que si, durante el bienio 1998-1999, una decisión del Consejo de Seguridad da lugar a
que el Secretario General deba contraer compromisos de gastos relacionados con el mantenimiento de la
paz y la seguridad por una cuantía que exceda de 10 millones de dólares respecto de esa decisión, la
cuestión se presente a la Asamblea General o, si la Asamblea hubiese suspendido su período de sesiones
o no estuviese en sesión, el Secretario General convoque una continuación del período de sesiones o un
período extraordinario de sesiones de la Asamblea para que ésta examine la cuestión.
79a. sesión plenaria
22 de diciembre de 1997