A/RES/52/225
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3. Aprueba la enmienda al anexo I del Estatuto del Personal de las Naciones Unidas que figura en
el anexo de la presente resolución, con efecto a partir del 1º de enero de 1998.
80a. sesión plenaria
4 de febrero de 1998
ANEXO
Enmienda al anexo I del Estatuto del Personal
de las Naciones Unidas
Al final del párrafo 1 del anexo I del Estatuto del Personal de las Naciones Unidas agréguese lo
siguiente: "A partir del 1º de enero de 1998, el Administrador del Programa de las Naciones Unidas para
el Desarrollo deberá percibir un sueldo bruto anual de 175.344 dólares de los Estados Unidos.