A/RES/58/129 órganos y organismos, así como las funciones particulares de los colaboradores no estatales; Recuerda que en el Plan de Aplicación de Johannesburgo6 se señala que 4. la Comisión sobre el Desarrollo Sostenible debe actuar como centro de coordinación para el examen de las asociaciones que promueven el desarrollo sostenible y, en este contexto, se reafirman los criterios y directrices aplicables para establecer formas de colaboración dentro de los parámetros del proceso de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible y de su seguimiento, según lo establecido por el Consejo Económico y Social en su resolución 2003/61; Destaca la importancia de la contribución que realizan las asociaciones 5. voluntarias al logro de las metas de desarrollo convenidas internacionalmente, en particular las que figuran en la Declaración del Milenio1, al tiempo que reitera que son un complemento y no tienen por objeto sustituir los compromisos contraídos por los gobiernos con miras a lograr dichas metas; Destaca también que las formas de colaboración deben ser compatibles 6. con la legislación, las estrategias y los planes de desarrollo nacionales, así como con las prioridades de los países donde tiene lugar la ejecución, teniendo presentes las orientaciones pertinentes de los gobiernos; Exhorta a todos los organismos del sistema de las Naciones Unidas a 7. que establezcan formas de colaboración que aseguren la integridad e independencia de la Organización y que incluyan información sobre esas formas de colaboración al presentar sus informes periódicos, según proceda, en sus sitios en la Web y en otros medios; Destaca que las formas de colaboración deben planificarse y ponerse en 8. práctica de manera transparente y que permita la rendición de cuentas, y, a ese respecto, exhorta a los colaboradores a que suministren la información pertinente a los gobiernos, otros interesados, órganos y organismos competentes de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales, de manera apropiada, incluso mediante la presentación de informes, prestando especial atención a la importancia de compartir la información sobre la experiencia práctica de cada asociación de colaboración; Pide al Secretario General que siga fomentando la transparencia y la 9. rendición de cuentas en las asociaciones de colaboración; 10. Reconoce que, para que las asociaciones de colaboración tengan éxito, es necesario que el personal de la Secretaría cuente con conocimientos específicos, y exhorta al Secretario General a que siga apoyando y perfeccionando dichos conocimientos mediante una capacitación adecuada y el intercambio de las prácticas más eficaces; 11. Recuerda el párrafo pertinente de su resolución 57/300, de 20 de diciembre de 2002; 12. Pide al Secretario General que, en el sexagésimo período de sesiones, le informe sobre la aplicación de la presente resolución. 76ª sesión plenaria 19 de diciembre de 2003 4

Sélectionner le paragraphe cible3

Se connecter à un paragraphe
Connect to an entity
Disable highlights
Ajouter à la table des matières