A/RES/54/110 Página 2 Naciones Unidas a fin de prevenir, combatir y eliminar el terrorismo en todas sus formas y manifestaciones, dondequiera y por quienquiera que sea cometido, Teniendo presentes la necesidad de realzar el papel de las Naciones Unidas y los organismos especializados competentes en la lucha contra el terrorismo internacional y las propuestas del Secretario General para fortalecer el papel de la Organización a ese respecto, Convencida de la importancia de que la Asamblea General, cómo órgano universal facultado para hacerlo, considere la posibilidad de adoptar medidas encaminadas a eliminar el terrorismo internacional, Recordando la Declaración sobre medidas para eliminar el terrorismo internacional, contenida en el anexo de la resolución 49/60, en la que la Asamblea General alentó a los Estados a que examinasen con urgencia el alcance de las disposiciones jurídicas internacionales vigentes sobre la prevención, represión y eliminación del terrorismo en todas sus formas y manifestaciones a fin de asegurar la existencia de un marco jurídico global que abarque todos los aspectos de la cuestión, Teniendo presente que en el comunicado final de la reunión de Ministros de Relaciones Exteriores y Jefes de Delegación del Movimiento de los Países No Alineados, celebrada en Nueva York el 23 de septiembre de 19992, se reiteró la posición colectiva del Movimiento de los Países No Alineados sobre el terrorismo y se reafirmó la iniciativa ya adoptada en la 12a. Conferencia de Jefes de Estado o de Gobierno de los Países No Alineados, celebrada en Durban (Sudáfrica) del 29 de agosto al 3 de septiembre de 1998, en la que se hizo un llamamiento para que se convocara una conferencia internacional en la cumbre bajo los auspicios de las Naciones Unidas, a fin de formular una respuesta organizada conjunta de la comunidad internacional al terrorismo en todas sus formas y manifestaciones3, Recordando que en su resolución 53/108 decidió examinar en su quincuagésimo cuarto período de sesiones la cuestión de convocar una conferencia de alto nivel en el año 2000, bajo los auspicios de las Naciones Unidas, a fin de formular una respuesta organizada conjunta de la comunidad internacional al terrorismo en todas sus forman y manifestaciones, Teniendo presente la acción regional para prevenir, combatir y eliminar el terrorismo en todas sus formas y manifestaciones, dondequiera y por quienquiera que sea cometido, incluso mediante la elaboración de convenciones regionales y la adhesión a éstas, Habiendo examinado el informe del Secretario General4, 1. Condena enérgicamente todos los actos, métodos y prácticas terroristas y los califica de criminales e injustificables, dondequiera y por quienquiera que sean cometidos; 2 A/54/469–S/1999/1063, anexo; véase Documentos Oficiales del Consejo de Seguridad, quincuagésimo cuarto año, Suplemento de octubre, noviembre y diciembre de 1999, documento S/1999/1063. 3 Veáse A/53/667–S/1998/1071, anexo I, párrs. 149 a 162; véase Documentos Oficiales del Consejo de Seguridad, quincuagésimo tercer año, Suplemento de octubre, noviembre y diciembre de 1998, documento S/1998/1071. 4 A/54/301 y Add.1. /...

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