A/RES/52/12
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aclaraciones correspondientes3, así como la declaración que formuló el Secretario General, el 4 de
noviembre de 19974, en las consultas oficiosas de participación abierta del plenario,
Teniendo en cuenta el reglamento de la Asamblea General y el Reglamento Financiero y la
Reglamentación Financiera Detallada de la Organización,
1. Encomia los esfuerzos e iniciativas del Secretario General encaminados a reformar las Naciones
Unidas;
2. Exhorta al Secretario General a que, al aplicar las medidas que describe en su informe, tenga
plenamente en cuenta las opiniones y observaciones expresadas por los Estados Miembros y por grupos
de Estados Miembros, incluidas las transmitidas en sus comunicaciones5;
3. Destaca que las medidas se aplicarán respetando plenamente los mandatos, las decisiones y las
resoluciones pertinentes de la Asamblea General, incluido, en particular, el plan de mediano plazo para
el período 1998-20016;
4. Observa que el informe del Secretario General de 11 de septiembre de 19977 se considerará en
el contexto del examen del proyecto de presupuesto por programas para el bienio 1998-19998;
5. Afirma que las consecuencias para los programas de las medidas pertinentes se examinarán junto
con las recomendaciones correspondientes;
6. Pide al Secretario General que le presente en su quincuagésimo tercer período de sesiones un
informe sobre la aplicación de las medidas expuestas en su informe titulado "Renovación de las Naciones
Unidas: un programa de reforma";
7. Decide seguir examinando el informe del Secretario General titulado "Renovación de las
Naciones Unidas: un programa de reforma".
49a. sesión plenaria
12 de noviembre de 1997
3
A/52/584.
4
A/52/585.
5
A/52/661, A/52/662, A/52/663 y A/52/664.
6
Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo primer período de sesiones,
Suplemento No. 6 (A/51/6/Rev.1 y Corr.1).
7
8
A/52/303.
Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo segundo período de sesiones,
Suplemento No. 6 (A/52/6/Rev.1), vols. I y II.