A/RES/56/197 distribución justa y equitativa de los beneficios obtenidos de su utilización, celebrada del 22 al 26 de octubre de 2001 con el Gobierno de Alemania como anfitrión; 3. Toma conocimiento también de los resultados de la segunda reunión del Comité Intergubernamental para el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad Biológica, celebrada en Nairobi del 1° al 5 de octubre de 2001; 4. Acoge con beneplácito el hecho de que ciento ochenta y un Estados y una organización de integración económica regional han pasado a ser partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica 1, e insta a los Estados que no se han adherido al Convenio a que lo hagan sin más demora; 5. Exhorta a las partes en el Convenio a que se hagan partes en el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad Biológica 2 lo antes posible; 6. Alienta a las conferencias de las partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático 4, el Convenio sobre la Diversidad Biológica y la Convención de las Naciones Unidas de lucha contra la desertificación en los países afectados por sequía grave o desertificación, en particular en África 5 y a otros instrumentos internacionales relativos al medio ambiente y el desarrollo sostenible, y a sus respectivas secretarías, así como a las organizaciones pertinentes, especialmente el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, con la participación, cuando proceda, del Grupo de Gestión Ambiental, a que prosigan su labor encaminada a reforzar la complementariedad entre ellos, respetando plenamente el estatuto de las secretarías de los convenios y las prerrogativas de adopción de decisiones autónomas de las conferencias de las partes en los convenios de que se trate, a que fortalezcan la cooperación con miras a facilitar avances en la aplicación de esos convenios en los planos internacional, regional y nacional, y a que informen al respecto a sus respectivas conferencias de las partes; 7. Acoge con beneplácito la decisión adoptada por la Conferencia de las Partes en el Convenio sobre Diversidad Biológica con respecto a su programa de trabajo sobre la diversidad biológica forestal, y alienta a las partes en el Convenio, así como a su secretaría, a que colaboren con el Foro de las Naciones Unidas sobre los Bosques, entre otras cosas con respecto al respeto, la conservación y el mantenimiento de los conocimientos, las innovaciones y las prácticas de las comunidades indígenas y locales que reflejan los estilos de vida tradicionales, de conformidad con el apartado j) del artículo 8 y las disposiciones conexas del Convenio; 8. Toma nota de que las disposiciones del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio 6 guardan relación con las del Convenio sobre la Diversidad Biológica, en particular con respecto a los derechos de propiedad intelectual y las disposiciones pertinentes del Convenio, e invita a la Organización Mundial del Comercio y a la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual a que, en el marco de sus respectivos mandatos, sigan estudiando esta relación, teniendo en cuenta la labor que se realiza en otros foros pertinentes y teniendo presente la decisión V/26 B de la Conferencia de la Partes7; _______________ 4 Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 1771, No. 30822. Ibíd., vol. 1954, No. 33480. 6 Ibíd., vol. 1869, No. 31874. 7 Véase UNEP/CBD/COP/5/23 y Corr. 1, anexo III. 5 2

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