A/RES/56/197
distribución justa y equitativa de los beneficios obtenidos de su utilización,
celebrada del 22 al 26 de octubre de 2001 con el Gobierno de Alemania como
anfitrión;
3.
Toma conocimiento también de los resultados de la segunda reunión del
Comité Intergubernamental para el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad
Biológica, celebrada en Nairobi del 1° al 5 de octubre de 2001;
4.
Acoge con beneplácito el hecho de que ciento ochenta y un Estados y una
organización de integración económica regional han pasado a ser partes en el
Convenio sobre la Diversidad Biológica 1, e insta a los Estados que no se han
adherido al Convenio a que lo hagan sin más demora;
5.
Exhorta a las partes en el Convenio a que se hagan partes en el Protocolo
de Cartagena sobre Seguridad Biológica 2 lo antes posible;
6.
Alienta a las conferencias de las partes en la Convención Marco de las
Naciones Unidas sobre el Cambio Climático 4, el Convenio sobre la Diversidad
Biológica y la Convención de las Naciones Unidas de lucha contra la desertificación
en los países afectados por sequía grave o desertificación, en particular en África 5 y
a otros instrumentos internacionales relativos al medio ambiente y el desarrollo
sostenible, y a sus respectivas secretarías, así como a las organizaciones pertinentes,
especialmente el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, con la
participación, cuando proceda, del Grupo de Gestión Ambiental, a que prosigan su
labor encaminada a reforzar la complementariedad entre ellos, respetando
plenamente el estatuto de las secretarías de los convenios y las prerrogativas de
adopción de decisiones autónomas de las conferencias de las partes en los convenios
de que se trate, a que fortalezcan la cooperación con miras a facilitar avances en la
aplicación de esos convenios en los planos internacional, regional y nacional, y a
que informen al respecto a sus respectivas conferencias de las partes;
7.
Acoge con beneplácito la decisión adoptada por la Conferencia de las
Partes en el Convenio sobre Diversidad Biológica con respecto a su programa de
trabajo sobre la diversidad biológica forestal, y alienta a las partes en el Convenio,
así como a su secretaría, a que colaboren con el Foro de las Naciones Unidas sobre
los Bosques, entre otras cosas con respecto al respeto, la conservación y el
mantenimiento de los conocimientos, las innovaciones y las prácticas de las
comunidades indígenas y locales que reflejan los estilos de vida tradicionales, de
conformidad con el apartado j) del artículo 8 y las disposiciones conexas del
Convenio;
8.
Toma nota de que las disposiciones del Acuerdo sobre los Aspectos de los
Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio 6 guardan relación
con las del Convenio sobre la Diversidad Biológica, en particular con respecto a los
derechos de propiedad intelectual y las disposiciones pertinentes del Convenio, e
invita a la Organización Mundial del Comercio y a la Organización Mundial de la
Propiedad Intelectual a que, en el marco de sus respectivos mandatos, sigan
estudiando esta relación, teniendo en cuenta la labor que se realiza en otros foros
pertinentes y teniendo presente la decisión V/26 B de la Conferencia de la Partes7;
_______________
4
Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 1771, No. 30822.
Ibíd., vol. 1954, No. 33480.
6
Ibíd., vol. 1869, No. 31874.
7
Véase UNEP/CBD/COP/5/23 y Corr. 1, anexo III.
5
2
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