A/HRC/RES/55/9
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
5 de abril de 2024
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
55º período de sesiones
26 de febrero a 5 de abril de 2024
Tema 3 de la agenda
Promoción y protección de todos los derechos humanos,
civiles, políticos, económicos, sociales y culturales,
incluido el derecho al desarrollo
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos
el 3 de abril de 2024
55/9.
Derecho al trabajo
El Consejo de Derechos Humanos,
Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas,
Reafirmando la Declaración Universal de Derechos Humanos y la Declaración y el
Programa de Acción de Viena, y recordando todos los instrumentos internacionales de
derechos humanos relacionados con el derecho al trabajo, en particular el Pacto Internacional
de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, los convenios fundamentales de la
Organización Internacional del Trabajo y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible,
Reafirmando también las resoluciones anteriores del Consejo de Derechos Humanos
sobre el derecho al trabajo, la más reciente de las cuales es la resolución 49/11, de 31 de
marzo de 2022,
Recordando la resolución 63/199 de la Asamblea General, de 19 de diciembre
de 2008, relativa a la Declaración de la Organización Internacional del Trabajo sobre la
Justicia Social para una Globalización Equitativa, y las resoluciones del Consejo Económico
y Social 2007/2, de 17 de julio de 2007, sobre la función del sistema de las Naciones Unidas
en la promoción del empleo pleno y productivo y del trabajo decente para todos, y 2008/18,
de 24 de julio de 2008, sobre la promoción del empleo pleno y el trabajo decente para todos,
Recordando también la Declaración de la Organización Internacional del Trabajo
relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo y su Seguimiento, adoptada
por la Conferencia Internacional del Trabajo en su 86ª reunión, el 18 de junio de 1998, y
enmendada en su 110ª reunión, el 11 de junio de 2022, la Declaración sobre la Justicia Social
para una Globalización Equitativa, adoptada por la Conferencia en su 97ª reunión, el 10 de
junio de 2008, el Pacto Mundial para el Empleo, adoptado por la Conferencia en su
98ª reunión, el 19 de junio de 2009, y la Declaración del Centenario para el Futuro del
Trabajo, adoptada por la Conferencia en su 108ª reunión, el 21 de junio de 2019,
Consciente del papel primordial, el mandato, la competencia técnica y la
especialización de la Organización Internacional del Trabajo dentro del sistema de las
Naciones Unidas y mediante su estructura tripartita única y su sistema de supervisión, en
relación con la promoción y la efectividad del trabajo decente y el empleo pleno, productivo
y libremente elegido para todos, y recordando sus iniciativas y actividades en ese sentido,
GE.24-06221 (S)
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